Más transparencia, legitimidad, un mejor ejercicio de veeduría ciudadana; estas son algunas de las ventajas que tendría para el país una Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). / Crédito: Tomado de El Tiempo.

Bogotá, 20 de septiembre de 2020. A continuación, se realiza una transcripción del artículo publicado por El Tiempo. El texto y su imagen fueron tomados de su página web.

Más transparencia, legitimidad, un mejor ejercicio de veeduría ciudadana; estas son algunas de las ventajas que tendría para el país una Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que trabaje de puertas abiertas y en la que las versiones entregadas por los comparecientes se hagan públicas.

Sin embargo, esto también podría implicar una vulneración de derechos de las víctimas o que algunos comparecientes se abstengan de entregar información sobre otras personas por temor.

Estas son algunas reflexiones que hacen expertos sobre un debate que se abrió esta semana con la decisión de la JEP de hacer públicas todas las versiones voluntarias que han entregado excombatientes de las Farc en el caso 07, por reclutamiento y utilización de menores de edad en sus filas.

Por el momento, este es el único caso en el que se harán públicas estas diligencias, pero la puerta no está cerrada para otros procesos ya que esta es una decisión que pueden tomar los magistrados a cargo de cada caso, como explicó Patricia Linares, presidenta de la JEP.

“La Sala de Reconocimiento de Verdad, después de un análisis minucioso, detallado y exhaustivo, resolvió que en el marco de los macrocasos los magistrados relatores de estos podrán, cuando lo consideren pertinente, levantar la reserva que pesa sobre las diligencias”, dijo.

Para Juana Dávila, directora de Justicia Transicional de Dejusticia, aún es muy pronto para saber si la divulgación de las versiones tendrá efectos positivos o negativos, algo que tendrá que irse analizando sobre la marcha. Aunque dijo que algo positivo puede ser que los colombianos se enteren de primera fuente de lo que dicen los comparecientes, y darle más transparencia al proceso, “que puede ser bueno para la reconciliación”.

No obstante, le preocupa que los comparecientes aprovechen esto para “reiterar discursos justificatorios que indignen a las víctimas y se cause la impresión a la sociedad de que lo que dijeron los comparecientes es lo que ya decidió el juez a cargo”.

Dávila añadió que la difusión también podría afectar a las víctimas, pues aunque algunas pueden querer que sus testimonios se conozcan en detalle, otras podrían preferir que no “por miedo a ser revictimizadas, por temas de seguridad, porque quieran mantener su identidad anónima…”.

La propia Linares lo expresó al decir que la ley determina situaciones en las que el juez debe acudir a la reserva, “por ejemplo, las que obligan a la protección de los derechos fundamentales de las víctimas, el derecho a la intimidad, cuando se trata de proteger la integridad e incluso la vida de quienes participan en estos casos o para la protección misma del proceso que se está desarrollando”, dijo la magistrada.

Por su parte, Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia, consideró que todos los procesos a cargo de la JEP se deberían hacer públicos, con las excepciones de ley sobre situaciones que afecten a menores de edad o víctimas de violencia sexual.

“Pensamos que la divulgación de estas audiencias genera mayor legitimidad al sistema, facilita una veeduría ciudadana integral sobre las versiones entregadas por los sujetos, permite un control directo al tipo de verdad que están dando los congresistas de las Farc y cuyo compromiso con la reparación debe ser más exhaustiva por su investidura de congresistas, entre otros beneficios”.

Incluso agregó que puede ser ventajoso para las víctimas tener mayor acceso a la información de estas diligencias, así como para todos los colombianos, “que estamos pendientes de estas versiones para saber si esa información es suficiente o no para la reparación a las víctimas”, concluyó.

En esto coincidió una fuente de la JEP, que consideró que hacer públicas las audiencias de todos los procesos ayudaría a la construcción de paz, y que con las versiones completas, la sociedad podría valorar de forma más amplia el aporte a la verdad.

Y Mónica Cifuentes, procuradora delegada ante la JEP, comentó que le parece muy positivo que se hagan públicas estas versiones: “es parte del ejercicio de rendición de cuentas necesario para la sociedad. Creo que es parte de la reparación. Ponerles la cara a las víctimas es necesario”, expresó.

Respecto al tema, Diego Martínez, abogado del partido Farc, comentó que puede haber un riesgo a la vulneración de derechos de las víctimas, algo que los magistrados deberán ponderar, pero que al pedir que sus versiones sean públicas los mismos comparecientes de Farc enfrentan un riesgo de seguridad, “el único actor que se desarmó fueron las Farc, pero la violencia continuó”, comentó, y recordó que ya van 228 firmantes del acuerdo asesinados.

A pesar de los riesgos, añadió, el partido tomó la decisión de pedir la difusión de sus versiones porque quieren que “de primera mano la sociedad conozca su verdad. A pesar de que ya son 228 muertos, la decisión se tomó y se ponen en riesgo para seguir cumpliendo el acuerdo de paz”, concluyó.

Por su parte, Reynaldo Villalba, presidente del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), consideró que la generalidad en esto debe ser la publicidad de los procesos, solo con algunas excepciones fundadas. “La cuestión es que la sociedad vaya conociendo la verdad, el compromiso de quien acude a esta justicia transicional es contar la verdad, no solo para que la conozca la JEP, sino toda la sociedad”, consideró.

Pero añadió que esto debería ser público en el caso de todos los delitos y todos los comparecientes, tanto de las Farc como de la Fuerza Pública y agentes estatales no integrantes de ella, entre otros.

Esto, teniendo en cuenta que en la JEP hay en la actualidad casi 12.600 comparecientes, un 77 por ciento son exintegrantes de las Farc; otro 21 por ciento, exmiembros de la Fuerza Pública, y menos del 1 por ciento son agentes del Estado no integrantes de la Fuerza Pública y personas procesadas por protesta social.

La directora del Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ) en Colombia, Maria Camila Moreno, destacó que el tema de la difusión publica debe evaluarse cuidadosamente puesto que aunque es muy importante que las personas tengan acceso a la información, se corre el riesgo de que no se entienda el significado de las etapas y se generen expectativas en esta fase procesal que no necesariamente se cumplen.

Es por esto que tanto ella como la directora de Justicia Transicional de Dejusticia resaltaron la importancia de explicaciones a la sociedad sobre cómo funcionan las etapas de los procesos en la JEP, su significado y trascendencia dentro de los procesos.

“Hay que tener capacidad pedagógica para explicarle al público qué es lo que significan las versiones, que estas son una versión del hecho, no lo que está probado judicialmente. Son una pieza dentro de un gran rompecabezas probatorio”, concluyó Dávila.

Hacer públicos los procesos ha sido clave en otros países

Para acabar con casi 50 años de la segregación racial en Sudáfrica, conocida como apartheid, en ese país se creó la Comisión para la Verdad y la Reconciliación, mecanismo que se usó para alcanzar la justicia restaurativa tras el fin del régimen racista.

Esa justicia, recordó Hernando Herrera, director de la CEJ, se elaboró a partir de las declaraciones de las víctimas y victimarios, y esas audiencias fueron difundidas pública y masivamente a través distintos medios.

Para el director de la CEJ, esto sirvió no solo para “entregar una versión integral y total a Sudáfrica, sino para todo el mundo frente a un evento que no puede volver a repetirse”. El caso de ese país ha sido defendido como el más paradigmático del modelo de justicia restaurativa, principalmente por Desmond Tutu, aunque no sin polémicas. Pero Sudáfrica no es un caso aparte.

En la antigua Yugoslavia –hoy Eslovenia, Croacia, Bosnia-Herzegovina, Montenegro, Macedonia del Norte y Serbia, países que nacieron tras la desintegración del primero en medio del conflicto más violento tras la Segunda Guerra Mundial–, el Tribunal Penal Internacional decidió que las audiencias por las graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario durante la guerra de los Balcanes, en medio de conflictos étnico-religiosos, serían públicas, a menos que la Sala de Primera Instancia decidiera lo contrario conforme a sus reglas.

En Ruanda, por otro lado, tras el genocidio de más de medio millón de personas de la etnia tutsi a manos de un gobierno de la etnia hutu, la participación ciudadana en los procesos judiciales de los victimarios era obligatoria ante los tribunales comunitarios Gacaca, que buscaban recrear la verdad sobre el genocidio con la participación de miembros de la comunidad. Las audiencias eran públicas.

De otro lado, en el Tribunal Especial para Sierra Leona, creado en 2002 para juzgar los hechos sucedidos dentro del conflicto armado interno que vivió el país entre 1991 y 2002, las audiencias contra los perpetradores del conflicto también eran públicas para que los sierraleoneses pudieran observar de cerca su funcionamiento, así como los juicios. Aunque también se permitían algunas sesiones cerradas, si el Tribunal lo consideraba, para proteger a un testigo o los derechos del acusado.

En América Latina, un ejemplo es el caso argentino, donde en 1985 se juzgó a las Juntas que ejercieron el poder de facto (1976-1983). Aunque las audiencias eran orales y abiertas, y las víctimas y testigos presentaban sus testimonios, no fueron televisadas. Cabía poca gente en el tribunal, pero entre los asistentes estuvo, incluso, el escritor Jorge Luis Borges.

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