La Sala Penal de la Corte, con ponencia de la magistrada Maria del Rosario González, anunció que las víctimas pueden pedir un incidente de reparación integral al tribunal de segunda instancia que condene a su victimario.

Lo que sucedía anteriormente es que después de ejecutoriado el fallo, las víctimas tenían que iniciar un proceso ante un juez civil para buscar reparación integral; proceso que podía tardarse cerca de 5 años.

Ahora con el aval de la Corte Suprema, las víctimas podrán recibir reparación integral en dos meses.

De igual forma la Corte anunció que las personas tendrán 30 días después de ejecutoriado el fallo de condena para iniciar el incidente de reparación.

En palabras de la Corte

“La víctima también tiene la posibilidad de promover el incidente de reparación con posterioridad a la ejecutoria del fallo condenatorio cuando éste se obtenga mediante las figuras de terminación anticipada de allanamiento o preacuerdo y el juzgador de primer grado no haya dado la oportunidad de su interposición dentro de los hitos a los cuales se refirió la Corte en la sentencia de tutela del 7 de diciembre de 2005 , es decir, en el primer caso, dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo por parte del juez del proceso y, en el segundo evento, dentro de ese mismo término contado a partir de la aprobación por el juez del respectivo acuerdo”.

El Espectador / 04 de marzo de 2009