Demandas Internacionales Contra el Estado Colombiano
Demandas Internacionales Contra el Estado Colombiano

Dentro de los factores generadores de pasivos para el Estado colombiano, no solo se encuentran aquellas erogaciones derivadas de condenas por demandas ante la jurisdicción contencioso administrativa de nuestro país; sino también aquellas surgidas de instancias internacionales de justicia, tales como la Corte Internacional de Justicia, el Comité del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Esta última instancia ha sido la que ha ejercido el papel más activo, a nivel internacional, sobre Colombia durante los últimos años. En efecto, desde 1995 (año en que profirió la primera sentencia), ha condenado en 11 ocasiones a nuestro país -10 de las cuales se profirieron entre 2001 y 2011, promediando casi una condena anual-. Resulta preocupante que seis de dichos casos se originaron por masacres (casos las Palmeras, 19 Comerciantes, Masacre de Mapiripán, Masacre de Pueblo Bello, Masacres de Ituango y Masacre de la Rochela), siendo justamente éstos los que constituyeron las condenas que más gastos han implicado para el Estado: entre estos seis casos, se generaron erogaciones por 23’479.000 dólares, equivalentes a un 95% de la suma total de condenas de la Corte Interamericana contra Colombia. Por su parte, las seis condenas restantes (casos Caballero Delgado y Santana, Wilson Gutiérrez Soler, Germán Escué Zapata, Jesús María Valle y Manuel Cepeda) apenas suman 1’359.000 dólares. A esta diferencia, se suma el profundo impacto negativo que tiene sobre la imagen internacional de nuestro Estado el hecho de ser condenado por tan lamentables hechos, como las masacres mencionadas. Actores internacionales, como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos (OEA) y ONG’s internacionales como Human Rights Watch y Amnistía Internacional; han destacado en sus informes la delicadeza de la situación de derechos humanos del país, sustentando sus observaciones sobre evidencia como las condenas ante la Corte Interamericana, resaltando la gravedad de los casos ocurridos en Colombia que son llevados ante dicha instancia.

En cuanto a los procesos en curso, se destaca que en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, cursan 134 procesos en etapa de admisibilidad ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; 50 procesos en etapa de fondo; 12 soluciones amistosas; 5 en etapa de admisibilidad y fondo; 25 con informe definitivo del artículo 51 de la Convención Americana; 11 en cumplimiento de sentencia y 2 con presentación de demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se estima que los 50 procesos en etapa de fondo, en caso de resultar adverso al Estado colombiano, podrían constituir condenas que ascienden a más de 100 millones de dólares. A estos procesos, se agregan aquellos que cursan ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya: la disputa territorial y marítima contra Nicaragua, que se encuentra pendiente de la fijación de audiencias públicas para los pronunciamientos de fondo de las partes; y el caso iniciado por Ecuador contra Colombia por las aspersiones aéreas con herbicidas en la zona de la frontera, caso que aun se encuentra en su fase escrita, pendiente de la presentación de dúplica por parte del Estado colombiano.

Así las cosas, salta a la vista la necesidad, no solo de prestar atención a la situación de demandas contra el Estado ante instancias nacionales sino también internacionales, pues por esta vía también se abre una puerta para pérdidas económicas, así como para el detrimento de la imagen y las relaciones del Estado colombiano. En este punto, también se destaca la corresponsabilidad que le asiste a la administración de justicia, puesto que ha sido una constante que en los casos sobre derechos humanos llevados ante organismos internacionales de justicia, se presenten antecedentes de procesos judiciales lentos e inconclusos tras el paso de años, que contravienen los mandatos internacionales para el Estado, en el sentido de garantizar recursos efectivos para la protección de derechos de los ciudadanos. Es necesario reforzar el funcionamiento de la justicia, de manera que opere oportunamente para atender este tipo de casos; de la misma forma que, en virtud de su corresponsabilidad, en casos de condenas contra el Estado la Rama Judicial debe ser solidariamente responsable, por cuanto también contribuye con los factores que llevan a las sentencias adversas ante instancias internacionales. Por último, se destaca también la importancia de desarrollar estrategias para prevenir la ocurrencia de casos de violaciones de derechos humanos.

La creación de la Agencia de Defensa jurídica del Estado se constituye también en una oportunidad para el fortalecimiento de la defensa del Estado ante la justicia internacional y aminorar el riesgo de condenas.