Sigue el éxito del Documental Bagatela, patrocinado por la Corporación Excelencia...
La Corporación Excelencia en la Justicia felicita a todo el equipo de trabajo del documental Bagatela, por sus excelentes resultados y los altos reconocimientos que ha obtenido en varios eventos de cine en los que ha participado y representado a Colombia.
Situación del acceso a la justicia en Apartadó
Apartadó es una de las ciudades en las que la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) se encuentra desarrollando con apoyo de la Comunidad de Madrid, el proyecto "Necesidades Jurídicas Insatisfechas – una metodología para analizar y medir el acceso a la justicia en Colombia -".
El desarrollo de esta iniciativa ha arrojado un significativo diagnóstico acerca de la situación de acceso a la justicia en Apartadó, que fue presentado ayer al Alcalde electo de esta ciudad, Dr. Luis Gonzalo Giraldo.
Ante los resultados de este estudio, la entrante administración local también recibió por parte de la CEJ, un insumo de política pública, con el propósito de que en el próximo cuatrenio se superen las dificultades más significativas, diagnosticadas en materia de acceso a la justicia en la ciudad.
Tenemos Corte Constitucional
La coalición por la justicia celebra que la Corte Constitucional haya frenado la posibilidad de que los congresistas aprueben reformas a la Constitución en su propio beneficio, al declarar inexequible el Acto Legislativo 1 de 2011 que suprimía el régimen de conflicto de intereses cuando los Congresistas participaran en el debate y votación de proyectos de actos legislativos.
La Corte en este fallo acogió los argumentos de las organizaciones sociales y las personas que integraron la coalición ciudadana que hizo seguimiento al proceso de la reforma a la justicia, y que advirtieron en todo su trámite que estaba viciada por el conflicto de intereses de un gran número de congresistas – a quienes la Corte Suprema abrió investigación - y resolvieron demandar el Acto Legislativo 1 de 2011 que les permitía actuar por fuera del interés general y el bien común.
Reiteró en esta sentencia la Corte la tesis sobre la limitación en la competencia del Constituyente derivado – el legislador – para sustituir total, parcial, temporal o definitivamente la Constitución, lo cual solo puede hacerlo el constituyente primario. De esta manera, una reforma de la Constitución hecha por el Congreso, no puede transformarla en otra completamente distinta. Y los demandantes demostraron que la magnitud y la trascendencia del Acto Legislativo habían conducido a que la Constitución hubiera sido sustituida por otra...