Vía tutela, en el último año, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria de la Judicatura ha revisado dos fallos sobre la ‘Yidispolítica’ y una condena impuesta por la Corte a la representante a la Cámara Sandra Arabella Velásquez.

Por ello, el presidente de la Corte, Augusto Ibáñez, recordó la propuesta del presidente Álvaro Uribe en su Manifiesto Democrático del 2002 (punto 37).

Aunque no es la primera vez que el tema se debate -ha sido incluido en los dos proyectos de reforma política de este Gobierno- no todos los expertos están de acuerdo.

Algunos sugieren eliminar la Sala Administrativa y dejar la administración de la Rama Judicial en manos de una gerencia única y quitarle a la Sala Disciplinaria la facultad de revisar tutelas contra decisiones judiciales.

El ex vicefiscal General de la Nación Francisco José Sintura es partidario de esa reforma constitucional. “La Sala Administrativa debe eliminarse porque es muy difícil poner de acuerdo a siete personas para tomar decisiones gerenciales, mientras a la Sala Disciplinaria hay que quitarle todas las funciones de tutela, sin que ello implique eliminar la jurisdicción disciplinaria”, advierte el experto.

A su turno, la directora de la Corporación Excelencia en la Justicia, Gloria María Borrero, considera que el problema no es la institución, sino las personas que integran sus dos salas.

“Lo que hay que mirar es quiénes integran las ternas de las cuales el Congreso elige a los magistrados. Recientemente la selección ha sido lamentable, han llegado personas por favoritismos políticos más que por méritos”, dice.

Como se sabe, los siete magistrados de la Sala Disciplinaria son elegidos por el Congreso en pleno de ternas presentadas por el Gobierno, mientras los seis integrantes de la Sala Administrativa son elegidos por las altas Cortes (dos la Corte Suprema, uno la Constitucional y tres el Consejo de Estado) previas convocatorias públicas.

Esta forma “politizada” de elección, según el ex ministro de Justicia Carlos Medellín Becerra, “impide a los magistrados actuar con la objetividad que deben tener los jueces”.

Medellín es partidario no sólo de eliminar el Consejo Superior de la Judicatura, sino de regresar a la cooptación que operó hasta 1991: los propios magistrados de las altas Cortes elegían a sus remplazos.

Incluso, plantea revivir el Ministerio de Justicia y que la administración de la Rama Judicial esté en manos de una gerencia dentro de la propia Rama.

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura puede revisar acciones de tutela porque cumple funciones jurisdiccionales, como cualquier juez de la República.

Ante la justicia internacional

La Corte Suprema de Justicia no descartó la posibilidad de llevar a tribunales internacionales las decisiones que “de manera arbitraria” ha adoptado en los últimos días el Consejo Superior de la Judicatura.

Así lo aseguró Alfredo Gómez, vocero de ese tribunal, luego de enumerar fallos como los que favorecieron a Iván Díaz Mateus; al actual Ministro de la Protección Social y a Sandra Arabella Velásquez, que motivó la más reciente pelea.

Augusto Ibáñez, presidente de la Corte Suprema, calificó esas decisiones como “una burla a la justicia y a la Nación” y dijo que así “se abre la puerta para que se caiga el proceso de la parapolítica”.

Dato clave

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura puede revisar acciones de tutela porque cumple funciones jurisdiccionales, como cualquier juez de la República.

“Considero que hubo un error de Sala”

La presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, María Mercedes López, la única magistrada que se apartó de la decisión de levantar la medida contra Sandra Arabella Velásquez, habló sobre la polémica decisión.

Dijo que no acompañó la determinación de sus colegas de la Sala Disciplinaria porque “en el caso (Sandra Velásquez) no hubo vulneración a los derechos fundamentales ni existe una vía de hecho que, en mi criterio, permita conceder el amparo”.

“Todo juez constitucional tiene límites y está determinado por la autonomía y la independencia judicial que tiene el juez natural, en este caso la Sala Penal de la Corte Suprema”, dijo.

Al asegurar que es la primera vez que se ordena una absolución a través de una tutela, dijo que “la violación de derechos debe notarse de manera diáfana y transparente y las cosas que se analizan en la tutela no lo son”.

Al preguntarle por los argumentos que permitieron absolver a Velásquez, como responsabilizar a su secretaria por preparar el oficio que la comprometió, aseguró que “un secretario no puede asumir más responsabilidades de las que le corresponde”.

Finalmente, López aseguró que aunque respeta el criterio de sus compañeros, “en mi concepto lo que se dio en esta oportunidad es un error de la Sala. En este caso es claro que se trató de una servidora pública (Sandra Velásquez) en ejercicio de sus funciones.

Dato clave

El Gobierno brasileño, que impulsa la entrada de Venezuela al bloque, calcula que, de los 19 miembros de la comisión, al menos diez aprobarán el protocolo de ingreso.