Las opiniones de los magistrados que componen las diferentes Cortes han sido diversas en cuanto a este tema, pero sin embargo, parece haber un mismo objetivo y es que la acción de tutela, por ser un medio de defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, debe ser garantizada dentro de todo trámite judicial para salvaguardar el derecho a la defensa y al debido proceso.

Los avances ya se han dado en algunas salas de los altos tribunales, pero como cada jurisdicción ha tomado su propia posición al respecto, un consenso podría esperarse hasta el próximo año .
Así le hicieron saber fuentes al interior del Palacio de Justicia a EL NUEVO SIGLO.

Cuando llegue ese acuerdo se prevé que se acabarían la mayoría de los llamados choques de trenes, que se han presentado porque las tutelas incoadas contra sentencias judiciales de una misma Corte al no ser aceptadas empiezan a rotar por los demás tribunales hasta que se tome una decisión de fondo y se revoque la decisión inicial.

Corte Constitucional

La Corte Constitucional es la corporación que siempre ha estado a la defensa del principio de la procedencia de la tutela contra fallo judicial, por ser el órgano de cierre en materia de estas acciones. De hecho las tutelas que son negadas o declaradas improcedentes llegan a este tribunal para revisión y así dictaminar si hubo violación de los derechos fundamentales del demandante.

Para los mismos magistrados este es un tema de urgente tratamiento ya que lo que está en juego es la independencia de cada Corte y a la vez la unificación de criterios en cuanto a derechos fundamentales.

Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia es el tribunal que más ha avanzado en este tema, ya que anteriormente era conocida su postura de no estudiar a fondo las tutelas que llegaban contra una providencia de alguna de sus salas.

No obstante, en octubre la Sala de Casación Laboral introdujo una nueva postura en la que falló de fondo una acción de amparo contra la Sala Civil. A pesar que se mantuvo la postura de la improcedencia de la tutela contra fallos de la Corte Suprema, era la primera vez que se revisaba de fondo una acción de esta.

En el caso en particular la Sala remitió la tutela a la Corte Constitucional.
Después de esto, fue la Sala de Casación Penal de la alta Corte la que cambió su postura y anunció que entraría también a revisar de fondo las acciones de amparo que llegaran contra sentencias de la Laboral.

Sin embargo, la Sala que se ha abstenido de realizar el cambio de jurisprudencia es la Civil, por lo que se ha creado un vacío en la ejecución de la nueva postura al interior del alto tribunal, pues es ésta Sala la encargada de revisar las tutelas interpuestas contra sentencias proferidas por la Sala Penal. Un argumento sostenido por la Sala es que lo que se busca con las tutelas interpuestas contra fallos de la Corte Suprema de Justicia es la doble instancia, o lo que es lo mismo, que el tribunal estudie dos veces una mismo proceso.

Cabe recordar que es la Sala de Casación Laboral la que estudia las tutelas incoadas contra fallos de la Penal. Este es un sistema interno de revisión que tiene la Corte Suprema para evitar que sea la misma Sala la que falle y revise una acción contra esa sentencia.

Casos concretos

Son varios los casos de choques de trenes, en donde una tutela que busca revocar una fallo judicial rota por varias corporaciones para su estudio.

El 22 de octubre la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dictaminó un conflicto de intereses después que la corporación revisara la tutela interpuesta por el ex congresista Mauricio Pimiento contra la sentencia proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que lo condenó a siete años de prisión dentro del proceso de la parapolítica, presuntamente por violación al debido proceso.

La tutela fue interpuesta después que la Sala Laboral negara la acción que interpuso el demandante para que se revisara el fallo que lo condenó. Por considerar que se le violó el debido proceso en el juicio, el ex parlamentario Pimiento acudió a la justicia disciplinaria en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura para que se revisara un presunto prevaricato en el que incurrió la Corte Suprema. No obstante, el alto Consejo remitió la tutela a la Corte Constitucional por un supuesto conflicto de competencias, quien la devolvió a la Sala Disciplinaria.

El otro caso que tuvo el mismo trámite, fue la tutela incoada por Henry Loaiza alias el alacrán, quien interpuso la acción contra la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia por considerar que se le violó el debido proceso.

El Nuevo Siglo / 18 de noviembre de 2008