La Corte Constitucional no hizo ningún juicio de los hechos por los que fue condenado Arias, pero la Corte Suprema de Justicia respondió a su decisión con un fuerte comunicado. / Crédito: Tomado de Las2Orillas.

Bogotá, 22 de mayo de 2020. A continuación, se realiza una transcripción del artículo publicado por Las2Orillas. El texto y la imagen fueron tomados de su página web.

La decisión de la Corte Constitucional de otorgarle al exministro Andrés Felipe Arias la posibilidad para impugnar su condena de 17 años resultaría en una oportunidad para que por lo menos 39 aforados condenados por la Corte Suprema de Justicia entre 2014 y 2018 revivan sus expedientes.

Los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Diana Fajardo, Gloria Stella Ortiz, Cristina Pardo y Carlos Bernal Pulido aseguraron que el fallo de tutela solo aplica para Arias, pero sin duda los aforados condenados reclamarán iguales condiciones como se los permite la ley, por lo que resulta inevitable que los procesos entren a ser revisados.

Sería el caso de personas como María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS condenada por las Chuzadas durante el gobierno Uribe; del Ñoño Elías, condenado por la corrupción de Odebrecht; de Iván Moreno Rojas, exsenador condenado por el Carrusel de la Contratación; del general Maza Márquez, condenado por el asesinato de Luis Carlos Galán; Miguel Alfonso de la Espriella, condenado por parapolítica, entre otros.

La Corte Constitucional no hizo ningún juicio de los hechos por los que fue condenado Arias, pero la Corte Suprema de Justicia respondió a su decisión con un fuerte comunicado con el que señalaron que la corte “cambia intempestivamente esas reglas de juego para favorecer exclusivamente al exministro de Agricultura, la Corte Suprema de Justicia acata, pero no comparte, la decisión mayoritaria que ordena tramitar la impugnación de la condena de 17 años de prisión contra Arias Leiva”.

La Corporación Excelencia de la Justicia pidió el listado de aforados que se podrían beneficiar con la decisión de la C. Constitucional si se aplica una retroactividad desde 2014, cuando Arias fue condenado.

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