En abril del presente año la Corte Constitucional condicionó la norma que indicaba que para solicitar la sustitución de la detención preventiva por motivos de salud se requería un dictamen médico expedido por un médico oficial. La Corte concluyó que por médicos oficiales no podía entenderse únicamente los adscritos al Instituto Nacional de Medicina Legal, dado que esta es una entidad adscrita y subordinada a la Fiscalía General de la Nación, lo que resultaría en la falta de autonomía. Por las razones expuestas en la sentencia, se aclaró que los dictámenes de médicos privados también son procedentes.