El procesado fue condenado por los delitos de falsedad ideológica en documento público en concurso heterogéneo con el delito de peculado por apropiación. Cometió los ilícitos mientras se desempeñó como funcionario de Codechocó, pues otorgó salvoconductos para el transporte de madera en Quibdó, dejando de reportar el volumen de madera efectivamente transportado, consignando un valor menor en detrimento de la entidad. La Sala aclaró que por estar dirigidos los reproches a cuestionar la aceptada competencia del sentenciador y la responsabilidad del hoy condenado por las conductas imputadas, se colige la falta de interés del censor, motivo suficiente para inadmitir la demanda. Por otro lado, ante la falta de claridad del guarismo que indica la cantidad de pena de prisión, aclaró que esta es de 28 meses y 18 días de prisión. MP Jorge Luís Quintero Milanés. Corte Suprema de Justicia. Sala Penal. Auto 26113. 28/07/08
NOTIFAX / 21 de agosto de 2008