ACUERDA:

ARTÍCULO 1°.- Objeto. Establecer los plazos de los espacios democráticos de participación que permitan la reflexión sobre los problemas de la administración de justicia en Colombia y sus posibles soluciones, así como los mecanismos de interlocución entre la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y la comunidad judicial.

ARTÍCULO. 2°.- Comité Operativo Nacional. Crease el Comité Operativo Nacional adscrito al Comité Nacional de Diagnóstico Primario del Proceso de Construcción Democrática de una Adecuada Reinstitucionalización de la Justicia. Este Comité se encargará de coordinar el proceso creado por el Acuerdo PSAA12-9656.

ARTÍCULO 3°.- Integrantes del Comité Operativo Nacional.

El Comité Operativo estará integrado por un delegado de las siguientes organizaciones e instituciones:

– Observatorio Nacional Permanente de la Administración de Justicia.

– ASONAL JUDICIAL.

– Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional.

– Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma.

– Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomas.

– Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Javeriana

– Organización Colombiana de Estudiantes (OCE JURÍDICO)

– Organización estudiantil Desde las Aulas y Espíritu de 1991.

– Centro de Estudios del Trabajo Jurídico (CEDETRABAJO JURÍDICO).

– Colegio Nacional de Defensores Públicos.

– Red de Veedurías de Colombia (Red – Ver)

– CONALBOS NACIONAL

– Corporación de Juristas Demócratas

– Corporación Excelencia de la Justicia

– Consejo de Estado

– Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura

ARTÍCULO 4°.- Difusión del Proceso. El comité Operativo Nacional tendrá un término de (10) días hábiles contados a partir de la expedición del presente Acuerdo para diseñar e implementar en coordinación con la Oficina de Comunicaciones del Consejo Superior de la Judicatura, una estrategia de difusión y comunicaciones en todo el territorio nacional.

ARTÍCULO 5°.- Convocatoria. Fíjese como fecha de inscripción a los respectivos comités el periodo comprendido desde el 11 de septiembre al 24 de septiembre de 2012.

ARTÍCULO 6°.- Inscripción. Las organizaciones, instituciones y personas naturales relacionadas con el trabajo del derecho y la justicia, e interesadas en participar del proceso, deberán inscribirse en el término previsto en el artículo anterior, opcionalmente podrá enviarse un documento informal en el que se indique el nombre, número de identificación, datos de contacto y un análisis que no supere (5) cinco cuartillas a espacio sencillo sobre las problemáticas que consideren afectan a la administración de justicia y las soluciones que estimen viables para solucionarlas.

El documento deberá ser enviado a la secretaría del respectivo Consejo Seccional de la Judicatura con copia al correo electrónico diagnosticojusticia@gmail.com.

ARTÍCULO 7°.- Conformación e Instalación de los Comités Seccionales. La respectiva Sala Administrativa Seccional en coordinación con el Comité Operativo Nacional, deberá sistematizar los documentos recibidos y agruparlos en ejes temáticos a partir de los cuales funcionarán las mesas de trabajo de los respectivos comités seccionales.

La instalación deberá efectuarse dentro de los (10) días hábiles, contados a partir del vencimiento de la fecha de inscripción (25 de septiembre de 2012). El 8 de octubre deben estar instalados todos los Comités Seccionales.

ARTÍCULO 8°.- Sesiones de los Comités Seccionales. Los Comités Seccionales sesionarán durante los (2) meses siguientes a su instalación.

El número de sesiones y el respectivo cronograma será definido por cada Comité Seccional en coordinación con el Comité Operativo Nacional.

Durante el periodo de sesiones se podrá garantizar la participación de personas interesadas en vincularse al proceso sin que se obstaculice los avances de cada comité.

ARTÍCULO 9°.- Foro Seccional. Cada Comité Seccional en coordinación con el Comité Operativo Nacional organizará un foro de socialización de los resultados de las sesiones de las que trata el artículo anterior. Dichos Foros deberán realizarse a más tardar el 10 de diciembre del presente año.

Las relatorías del Foro deberán ser enviarse al Comité Operativo Nacional hasta el 18 de diciembre del presente año.

ARTÍCULO 10°.- Comités de seguimiento: Una vez finalizado el proceso de diagnóstico, los comités Seccionales se constituirán en comités de seguimiento a los compromisos y propuestas que surgieron durante dicho proceso en la respectiva seccional.

ARTÍCULO 11°.- Foro Nacional. El Comité Operativo Nacional, deberá sistematizar los documentos elaborados por los Comités Seccionales y agruparlos en ejes temáticos a partir de los cuales funcionarán las mesas de trabajo del Comité Nacional de Diagnostico Primario. Cada mesa formulará un documento que deberá ser socializado a la plenaria del Comité Nacional de Diagnostico Primario con el fin de elaborar el documento final que será presentado en Foro Nacional.

El 8 de Mayo de 2013 se llevará a cabo un Foro Nacional de socialización del documento del que trata el inciso anterior, con el cual se firmará el Pacto Nacional Ciudadano por la Defensa de la Justicia.

ARTÍCULO 12°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil doce (2012).

NÉSTOR RAÚL CORREA HENAO

Presidente