Corte, que ya avaló esa medida contra funcionarios de elección popular, estudia nueva demanda.
Minutos después de que el procurador Alejandro Ordóñez anunciara la destitución e inhabilidad del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, el ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez, planteó la importancia de “revisar” la facultad que tiene el Procurador de inhabilitar para ocupar cargos públicos a funcionarios de elección popular.
Gómez Méndez coincidió este lunes con Petro en un evento de la Oficina contra la Droga y el Delito (Unodc) y señaló que su posición, antes como escritor público y ahora como Ministro de Justicia, era la de tener que revisar “esta norma constitucional que le permite a un funcionario inhabilitar a personas que han sido elegidas con el voto popular”. Y agregó que no dará “marcha atrás” en esa posición, si bien su punto de partida es que la facultad está vigente.
El debate planteado por el jefe de la cartera de Justicia no es nuevo. De hecho, la defensa de Petro había insistido en que el Ministerio Público no puede sancionar a quien ha sido elegido mediante el voto.
También fue esgrimido por Piedad Córdoba ante la Corte Constitucional en uno de sus intentos por tumbar la destitución e inhabilidad de 18 años que le impuso la Procuraduría de Ordóñez hace tres años por supuestos nexos con las Farc.
La Corte desechó el argumento de Córdoba y dejó en firme la sanción en octubre pasado. El alto tribunal indicó que la Constitución le concedió al Procurador facultad para investigar y sancionar a todo funcionario público.
Así, los magistrados consideraron que la Procuraduría puede “ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones”.
En este momento, la Corte estudia una nueva demanda sobre esa facultad, que pretende que se tenga en cuenta una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que tumbó una inhabilidad política decretada contra un alcalde venezolano. En ese caso, sin embargo, la Corte Interamericana determinó que hubo una violación del debido proceso contra un líder de la oposición.
Sobre la polémica, el exprocurador Carlos Gustavo Arrieta señaló que la Procuraduría “tiene toda la posibilidad de sancionar e inhabilitar”, pero aseguró que el tiempo de la inhabilidad es un tema que podría debatirse. “Necesariamente tiene que haber una inhabilidad, porque no se puede destituir a un funcionario para que al día siguiente salga a hacer política”, dijo Arrieta. Agregó que el debate se debe centrar en si una inhabilidad se puede convertir en una muerte política.
Por su parte, Gloria María Borrero, directora de la Corporación Excelencia en la Justicia, se mostró partidaria de que el país estudie las facultades del Procurador. “Nos estamos dando cuenta de que esos cargos tan poderosos requieren una revisión”, dijo Borrero.
Agregó que otro de los puntos para estudiar es que en el país existen dos organismos con la misma función: la Procuraduría y el Consejo de Estado. “Debe regularse ese tema. Lo ideal sería que la sanción fuera impuesta por una instancia jurisdiccional”, dijo.

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