Así lo dejan claro en la Cámara, donde fue aprobado el proyecto la semana pasada.

El Senado de la República se alista para debatir y discutir el proyecto de reforma a la Justicia Penal Militar.

En medio de los rumores acerca de la posibilidad de que los procesos por ‘falsos positivos’ puedan pasar a la justicia penal militar, se hicieron ya varias precisiones.

Primero se aclara que la Ley Estatutaria crea un Tribunal de Garantías con competencia nacional a fin de proteger los derechos de los uniformados que incurran en faltas investigables del orden penal.

Por ley ordinaria también se crearán juzgados y tribunales penales policiales y se adoptaría un Código Penal Policial, idóneo para este tipo de procesos.

Lo fundamental es que con esta propuesta gubernamental, quedan despejadas las dudas en torno a los delitos que serían de conocimiento exclusivo de la justicia ordinaria, a saber: crímenes de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abusos sexuales, actos de terror contra la población civil y reclutamiento o uso de menores.

Salvo los delitos mencionados, las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la fuerza pública serán conocidas exclusivamente por las cortes marciales o tribunales militares.