Los ponentes de la Reforma a la Justicia están trabajando en los detalles de la ponencia de la iniciativa que será radicada para el sexto debate en la plenaria del Senado.
RCN La Radio conoció que el proyecto aclararía que la práctica de conducir en estado de embriaguez no es un delito y por ende los conductores borrachos no serían llevados a la cárcel, pero la Policía si tendría la facultad de conducirlos a una estación por un máximo de 36 horas como castigo.
El presidente de la Comisión Primera, Luis Fernando Velasco, dijo que se busca evitar que los más de 95 mil casos o denuncias de conductores borrachos que se presentan al año se conviertan en procesos penales y congestionen la administración de justicia.
Según Velasco, si esta conducta es elevada a delito, se tendría que iniciar toda una investigación contra el responsable, para que reciba una condena mínima que puede ser excarcelable.
“Si lo volvemos un delito, primero, resulta inoperante, y segundo, los fiscales de Colombia tendrían que dedicarse sólo a investigar conductores ebrios, ese delito tendría una sanción baja, lo cual no le daría ni un segundo de cárcel a la persona que lo comete, pero si es un caso de policía, esa persona podrá ser conducido a una estación”, señaló Velasco.
El congresista agregó que “los conductores ebrios podrán ser conducidos inmediatamente a estaciones de policía hasta que se les pase la borrachera y no habrá necesidad de volver esa acción un delito para hacer eso”.
Velasco aclaró si una persona mata a otra conduciendo en ese estado, si tendrá que enfrentar su responsabilidad ante las autoridades y podrá tener sanciones de cárcel y de multa que estipula el código penal.