Su trámite final tuvo alguna discusión en la Cámara, por una supuesta posibilidad de ser investigados por la Corte Suprema, pero finalmente pasó sin inconveniente alguno.
De esta manera la norma pasó a la sanción del presidente de la República, Álvaro Uribe, quien luego de hacer su análisis jurídico lo expedirá para entregarlo a la Corte Constitucional.
La Corte podrá tomar hasta cuatro meses en la evaluación de constitucionalidad del mismo, durante ese tiempo habrá previamente un pronunciamiento que deberá hacer la Procuraduría General.
Luego de ese paso, el referendo estaría saliendo aproximadamente en octubre, cuando la Registraduría Nacional definirá la fecha para citarse y se tomará al menos 2 meses para organizarla.
La convocatoria de los colombianos a las urnas, según indicó el representante David Luna, uno de los promotores, se estaría dando en diciembre o, por tarde, en enero de 2010.
El texto aprobado
El Congreso de Colombia
Decreta
Artículo 1. Convócase al pueblo para que en desarrollo de lo previsto en los artículos 374 y 378 de la Constitución Política, mediante Referendo Constitucional decida si aprueba el siguiente
Acto legislativo
El Pueblo de Colombia
Decreta
El artículo 34 de la Constitución Política tendrá un inciso que quedará así:
En relación con los delitos de homicidio doloso, violación y explotación sexual, lesiones personales agravadas y secuestro cometidos contra menores de 14 años y menores de edad con discapacidad física y/o mental, se podrá imponer hasta la pena de prisión perpetua, de acuerdo con la ley.
Aprueba usted el anterior inciso:
SI ( )
NO ( )
Voto en blanco ( )
Aprobada la presente Reforma Constitucional, dentro del año siguiente, el Estado, a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, formulará y aplicará una política de prevención tendiente a evitar la comisión de delitos contra menores de edad.