Bogotá, 12 de febrero de 2020. A continuación, se realiza una transcripción del artículo publicado por Asuntos Legales. El texto y la imagen fueron tomados de su página web.
Hace cuatro meses la CEJ había solicitado a la Corte Suprema de Justicia el cambio de radicación del proceso penal que actualmente se cursa contra Julio Gerlein Echavarría.
La solicitud se presentó con base en el artículo 46 del Código de Procedimiento Penal, que expresa que la radicación del proceso se podrá trasladar cuando ” el territorio donde se esté adelantando la actuación procesal existen circunstancias que pueden afectar el orden público, la imparcialidad o la independencia de la administración de justicia, las garantías procesales, la publicidad del juzgamiento y la seguridad o integridad personal de los intervinientes”.
El organismo considera que dada la polémica en la que está envuelto el empresario por compra de votos y los hechos recientes en torno al aplazamiento de la fase de juicio que se le adelanta, lo mejor es que se disponga el cambio de radicación para evitar lo contemplado en el artículo 46.
Finalmente, la CEJ cuestionó que desde que se radicó la solicitud no se ha obtenido respuesta y por lo cual, en ejercicio del derecho de petición solicitaron a la Corte Suprema de Justicia “las razones por las cuales no se ha adoptado una decisión en torno al eventual cambio de radicación del proceso contra Gerlein”.
Consulte el artículo en el siguiente enlace: https://bit.ly/3bwet0A