Por El Nuevo Siglo

HAN PASADO varios años desde que las altas Cortes han intentando realizar una autorregulación en materia de procedibilidad de tutela contra sentencia judicial y en contra del uso indiscriminado de este mecanismo, para evitar los choques judiciales, intento que ha dado algunos resultados aislados, pero hasta ahora no ha habido una normatividad o regulación al respecto, ni siquiera alguna propuesta en este sentido que haya presentado algún ministro encargado del tema judicial.

A menos de quince días de posesionarse el nuevo presidente de la República, EL NUEVO SIGLO les preguntó a expertos qué tan conveniente sería una reforma a la tutela en estos momentos.

Sin embargo, al respecto, hay controversia en este tema, pues mientras algunos ex magistrados de la Corte Constitucional, consultados por este Diario, sostienen que sería inconveniente una reforma de esta magnitud, especialistas en derecho constitucional afirman que es necesaria para solucionar varios problemas judiciales.

Ex magistrados

El ex magistrado de la Corte Constitucional y actual miembro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Rodrigo Escobar, argumentó que la tutela no necesita modificaciones y en cambió aconsejó respetar la jurisprudencia que al respecto hay.

“La tutela no requiere modificaciones sustanciales. Aquí lo importante es que los jueces respeten y acaten la jurisprudencia, y no considero que deba reformarse la Constitución para prohibir la tutela contra sentencias judiciales, porque eso implicaría despojar a los ciudadanos de una de las garantías básicas que tienen frente a los abusos de parte de las autoridades judiciales”, dijo Escobar.

El ex magistrado afirmó que es importante que exista un acuerdo entre las Cortes y se respeten unas reglas básicas en materia de tutela contra sentencias judiciales, “como por ejemplo, que como requisito de procedencia de la acción de tutela se agoten todos los recursos existentes en el ordenamiento interno, que las tutelas se presenten dentro de unos términos razonables y que no se presten a unas interpretaciones personales que hagan los jueces de la ley. Entonces, existiendo unas reglas básicas en torno a la tutela, se puede evitar ese choque de trenes”, manifestó.

El problema se presenta cuando los jueces, incluso la Corte Constitucional, agregó Escobar, desconocen su propia jurisprudencia en relación con la procedencia de la tutela frente a decisiones judiciales.

El integrante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también dijo hay que resaltar la decisión que adoptó la Corte Constitucional hace dos años de decidir que las tutelas contra altas Cortes debían resolverse en Sala Plena, “lo que ofrece una buena garantía. En ese sentido ha habido avances que pueden conducir a una solución”, aseguró.

Por su parte, el ex presidente de la Corte Constitucional, Alfredo Beltrán, aseguró que una reforma a la tutela podría representar una restricción a la defensa de los derechos humanos de los ciudadanos.

“Yo creo que la acción de tutela en este momento no se debe reformar. Me parece que la acción de tutela ha permitido a los ciudadanos el acceso a la Constitución Política para hacer efectivo los derechos fundamentales que allí se consagran, y por esa razón me parece que cualquier reforma podría resultar en una reducción a la posibilidad de que cualquier ciudadano pueda pedir mediante la acción de tutela que cese la privación de los derechos fundamentales, así sea contra una providencia judicial”, afirmó el ex magistrado.

Beltrán también aseguró que no se puede hablar de que exista un verdadero choque de trenes, “sino simplemente la aplicación de la primacía de la Constitución sobre otras normas”.

El también ex presidente de la Corte Constitucional, Carlos Gaviria, coincidió con Beltrán y dijo que una reforma a la tutela impediría el acceso a la justicia a los ciudadanos.

Expertos y constitucionalistas

La directora de la corporación Excelencia en la Justicia, Gloria María Borrero, afirmó que una reforma a la tutela es necesaria, y tiene que ser abordada por el gobierno entrante. “Una reforma a la tutela tiene que ser consensuada por el presidente Santos, dentro del acuerdo nacional, porque yo creo que hay que reglamentarla para que sea claro si es procedente la tutela contra sentencias, para evitar el abuso de la tutela, para evitar la corrupción, para evitar que se convierta en una nueva vía judicial y que conlleve a no respetar en Colombia la cosa juzgada”, señaló Borrero.

Sin embargo, la experta en temas judiciales dijo que a pesar de que no se han formulado normas que regulen la tutela, resaltó la autorregulación que han adoptado al respecto las altas Cortes. “Cada vez hay menos choques de trenes y hay unos acuerdos entre las Cortes que se han venido respetando”, afirmó.

De otro lado, el constitucionalista Juan Manuel Charry aseguró que hay diversos problemas que debe solucionar la tutela pero actualmente no lo ha hecho, por lo que es imprescindible su reforma.

“Tenemos choques de trenes, tenemos un incremento progresivo de acciones de tutela, tenemos problemas que la misma Corte ha tratado de solucionar con tutelas de salud, tutelas en materia de víctimas, y por supuesto que la tutela necesita solucionar esos problemas fundamentales, pero no lo ha hecho”, aseguró.

Charry señaló que una reforma a la tutela debe ser incluida en una gran reforma a la Justicia, y además aseguró que ésta medida no busca restarle participación a la ciudadanía cuando vea en riesgo sus derechos fundamentales.

“Esta reforma a la tutela se debería presentar mediante una gran reforma a la Justicia, la cual se debe hacer a través de una Asamblea Constituyente, o sea, un órgano especializado que reforme los elementos fundamentales del tema judicial. La reforma a la tutela no es quitar un instrumento de amplísima aceptación como es la tutela y de popularización de la defensa de los derechos humanos, yo soy partidario de reformarla para solucionar los problemas e ir avanzando en solucionar estos inconvenientes, si procede la tutela contra sentencia judicial, si hay tutela contra derechos sociales y económicos”, explicó.

Autorregulaciones que han adoptado las Cortes

Estas son algunas de las reglamentaciones que han adoptado las altas Cortes en el tema de la tutela.

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura adicionó varios artículos a su reglamento interno con el fin de acabar con la doble instancia que había en materia de revisión de tutelas. El año pasado, la Sala Disciplinaria se abrogó la competencia de conocer las impugnaciones contra sentencia judicial en primera y segunda instancia. Para esto, la Sala se dividió en salas de decisión para conocer dichas acciones judiciales, por lo que la impugnación de esa primera revisión será conocida por tres magistrados y la segunda revisión por los restantes.

En la Corte Suprema de Justicia ha habido un proceso interno, en donde cada Sala de Casación ha decidido fallar tutelas interpuestas contra sentencias de las demás Salas.

Sin embargo, la primera en cambiar su reglamento fue la Corte Constitucional, según el cual, las tutelas que son aceptadas para revisión por las salas de selección, de la Corte, como ha venido operando siempre, puedan ser estudiadas por la Sala Plena.