Con el nuevo sistema, según las cuentas del Consejo Superior de la Judicatura, ese mismo proceso se resolvería en un máximo de dos meses en primera instancia, y máximo en un año para una decisión definitiva.
“La idea es que el juez llegue a la audiencia y no se levante de su silla hasta que haya fallado el caso”, dice uno de los responsables del programa en la Judicatura.
El plan piloto arrancó el año pasado en San Andrés y hubo otras experiencias en Yopal, Pamplona y Riohacha. Pero la entrada de los juzgados de las principales ciudades implicará el mayor impacto sobre una justicia que, señala Mónica Pedrosa, asesora de la Corporación Excelencia en la Justicia, estaba pensada para ser oral pero también se está ahogando en un mar de expedientes.
“Lo que hace el nuevo sistema es modificar el comportamiento judicial en el proceso: es una justicia que conserva la calidad, pese a los tiempos cortos”, señala la abogada.
Hay 32 juzgados que aplican el modelo y, de ellos, 12 están en Bogotá. La Judicatura creó otros 11 para planes de descongestión del viejo sistema y otros 20 trabajan con un sistema mixto en la capital.
Un informe de Excelencia en la Justicia del 2008 encontró que las demandas laborales vienen creciendo sostenidamente en el país, debido a cambios en las leyes y a la situación económica que lleva a las empresas a hacer recortes.
Así, mientras en Bogotá se registraron, en 1998, 13 mil demandas de empleados, en el 2007 fueron 28 mil. En Medellín pasaron de 11 mil a 33 mil en una década. Y en Cali hubo 14 mil demandas laborales en el 2007.
Pedrosa dice también que el impacto del nuevo modelo deberá reflejarse en la disminución de las tutelas que, por temas laborales, llegan a los despachos de jueces penales y administrativos.
Estadísticas de la Judicatura señalan que, en un solo juzgado de Bogotá, el 60 por ciento de las tutelas recibidas buscaban la protección de los derechos laborales.
Conciliaciones son escasas
La mayoría de las demandas, según las estadísticas, tiene que ver con despidos injustificados, liquidaciones mal realizadas y prestaciones sociales no pagadas. Y aunque la ley obliga a que en un primer momento se busque una conciliación, la estadística de uno de los juzgados laborales de Bogotá da una medida de cómo funcionaba esa herramienta: de 900 procesos analizados por Excelencia en la Justicia, sólo 60 terminaron en un arreglo amistoso.
2 casos resueltos en poco tiempo
La primera demanda que tramitó el Juez Laboral de San Andrés, Jaír Corpus, la había recibido 24 horas después de que se implementara en su despacho el nuevo sistema oral, en febrero del 2008. Fue contra el hospital local y la resolvió en menos de una semana. Un empleado exigió que se revisara su despido, al considerar que había sido mal liquidado. En una audiencia de dos horas el juez resolvió el caso y ordenó al hospital reconocer un millón de pesos más en la liquidación del empleado.
El Juez 25 Laboral de Bogotá, Rimel Rueda, es uno de los 12 que aplican el nuevo sistema oral en la capital. En el juzgado, que recibe entre seis y ocho demandas diarias, recuerdan “a un empleado que se quejaba de la presión a la que lo sometía su jefe en horarios y en carga de trabajo”. Dicen que después de convocar a las partes a la audiencia, debieron atajarlas para que no abandonaran el recinto antes de una sentencia. “La gente se extraña de que la diligencia se extienda hasta que haya una decisión”, dice el secretario.
Ahora, afirma, es más rápido porque se cuenta con una sala con audio y video para recoger las declaraciones.
Antes un empleado las transcribía.
En 50% de denuncias por acoso, hay arreglo
La primera instancia en caso de quejas por acoso laboral es el Ministerio de la Protección Social y la queja se puede presentar tanto en forma escrita como verbal.
En el 2006, de acuerdo con el Ministerio, hubo demandas contra 369 empresas por acoso laboral. En 65 casos acordaron ir a una conciliación, en 15 llegaron a la justicia ordinaria y en 16, a la disciplinaria.
Los departamentos con más demandas fueron Cundinamarca, con 222; Valle del Cauca, con 40; Antioquia, con 25, y Meta y Atlántico con 10.
Cuando la demanda es verbal, el horario de atención es entre 7 y 8 de la mañana. Al empleado se le asigna una cita para recibirle la consulta. Esta es atendida por un inspector, que de acuerdo con el análisis que hace de la queja del afectado, decide si cita o no al empleador que supuestamente está incumpliendo.
Si la queja es por escrito, no se da la audiencia con el denunciante
y si es del caso se cita inmediatamente al empleador. En cualquiera de los dos casos lo que se busca es la conciliación. Los inspectores llaman a las dos partes para propiciar un acuerdo.
Según la abogada María Isabel Nier, coordinadora del Grupo de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control de la Dirección Territorial de Cundinamarca del Ministerio, generalmente no pasa más de un mes y medio para que se dé la cita entre empleado y empleador.
“Aunque no tengo las cifras puntuales, la experiencia nos indica que la mitad de los casos termina en acuerdo y el otro 50 por ciento con la renuncia o despido del empleado”, explica la jurista.
Según la abogada, siete de cada ocho casos de acoso laboral tienen que ver con lo económico. Particularmente, quejas por el no pago de prestaciones o salarios. También hay quejas de mujeres embarazadas discriminadas, o despedidas por su condición. “Hay desde denuncias por un reclamo grosero, hasta quejas por una mala mirada”, dice Nier.
Seguridad social, el derecho más demandado
Según los jueces, de cada diez demandas que reciben en sus despachos ocho tienen que ver con derechos a la seguridad social.
Dentro de ellos, las pensiones ocupan la mayor parte de los esfuerzos de los jueces, y la mayor parte de los procesos tiene al Instituto de Seguro Social (ISS) en calidad de demandado.
Los reclamos van desde mesadas que el ISS se niega a cancelar hasta las disputas de quienes se creen con el derecho de reclamar pensiones de sobrevivientes.
Los trabajadores también reclaman porque sus empresas los despidieron sin justa causa de sus empleos o porque las liquidaciones que les pagaron no se ajustaron supuestamente a las normas.
Muchas de esas demandas, señalan diferentes informes, son producto de que los trabajadores no están suficientemente informados sobre las diversas reformas laborales.
Con menor frecuencia llegan a los juzgados los casos de acoso laboral que no fueron resueltos amistosamente. Por lo regular los empleados que demandan por esta causa alegan cargas excesivas de trabajo impuestas por sus patronos y exceso de horas de trabajo. También hay procesos de tipo colectivo que tienen que ver con el fuero sindical y supuestas violaciones a pactos internos.