La juez 19 de conocimiento sustentó su decisión en los dictámenes del Instituto Nacional de Medicina Legal que demuestran que la menor padece de retardo mental leve.

Así mismo, la juez tuvo en cuenta el hecho que el uniformado no contactó al Bienestar Familiar para el traslado de la joven y su debida protección mientras se ubicaba su sitio de residencia.

El próximo 30 junio se efectuará una diligencia de reparación para la menor afectada.