Bogotá, 12 de diciembre de 2019. A continuación, se realiza una transcripción del artículo publicado por El Universal. El texto y la imagen fueron tomados de su página web.
El próximo año, la Corte Constitucional deberá dirimir el conflicto sobre el ingreso de los periodistas a las audiencias preliminares que se adelantan contra los judicializados por la Fiscalía.
La puja la debe resolver el alto tribunal luego de que Florencio Sánchez, periodista judicial y un grupo de comunicadores, allegaron una tutela en la que consideraron que con esta acción les fue violado el derecho al trabajo y la libertad de prensa.
Si bien lo comunicadores tienen claro que existen excepciones para su ingreso a las audiencias tales como poner en peligro a las víctimas, la afectación a la seguridad nacional, exponer a menores de edad, que se menoscabe el acusado a un juicio justo y se comprometa la investigación, sí dejaron de presente que en más de 10 casos en los que se les impidió el ingreso tales actuaciones no fueron motivadas en lo que establece el Código de Procedimiento Penal Acusatorio.
“Vimos vulnerado que el derecho al trabajo se ve afectado cuando los jueces restringen el ingreso a los periodistas a las audiencias sin argumentos”, aseguró Sánchez, quien consideró que en los casos en los que se han visto afectados lo único que buscan es tener contexto de lo que ocurre en la diligencia.
Para el comunicador, las decisiones negativas de los jueces que están regidas bajo solicitudes de la Fiscalía o la defensa de los procesados, pero “infortunadamente se ha vuelto costumbre en Bogotá, y ni se diga en lugares alejados”.
Sánchez, en su intervención, expuso el caso de Liliana Campos más conocida como ‘La Madame’, procesada por proxenetismo; el caso de Pedro Aguilar, líder camionero quien estuvo vinculado en el denominado ‘Cartel de la Chatarrización’, también sacó a colación las negativas para el ingreso a las audiencias que involucran a los contratistas de Odebrecht.
El comunicador expresó que en la mayoría de negativas se han tenido con diligencias que comprometen el delito de corrupción.
La Juez 22 de garantías, Claudia Rojas, quien también intervino por solicitud de la corporación porque estuvo vinculada en una de las negativas para ingresar a una diligencia de su despacho, aseguró que se rigió por lo que está consagrado en el Código de Procedimiento Penal. Argumentó que el rechazo sobre el ingreso a la audiencia obedeció a que se encontraba en riesgo las víctimas del proceso que exponía la Fiscalía.
Explicó que las audiencias de legalización de allanamiento siempre son reservadas y que acorde a lo que solicitan la Fiscalía o la defensa se toma la decisión de si se hace o no las diligencias preliminares de manera pública o privada.
La delegada de la Fiscalía, Aída Moreno acogió los argumentos de la delegada de la Rama Judicial y aseguró que en ese sentido habrían ponderado los derechos fundamentales de los testigos que se encontraban en el proceso, esto con el fin de salvaguardar la integridad y vida de los judicializados.
Los que apoyan a los periodistas
Luisa Fernanda Isaza, delegada de la Fundación para Libertad de Prensa (FLIP), en su exposición que no tardó más de 11 minutos, puso de presente una serie de recomendaciones a los magistrados de la Corte a la hora de tomar decisiones.
Isaza aseguró que es pertinente mencionar que la justicia no está preparada y se encuentra temerosa ante el público de las decisiones que se puedan tomar en sus despachos, por lo que dejó de presente que debe haber una asesoría para cada uno de los delegados.
Del mismo modo, la delegada de la Flip aseguró que es necesario que los jueces conozcan los protocolos por los cuales tienen el derecho a restringir las audiencias. Expuso que se debe argumentar tanto a las partes como a los medios las razones por los cuales se tomó la decisión.
Desde la Flip hicieron la observación en que se debía investigar a los funcionarios judiciales que obstruyan la entrada a las diligencias. Isaza culminó su intervención argumentando que “hay que promover un diálogo más estrecho entre los jueces, la administración de la Rama Judicial, los periodistas y la sociedad civil”.
Desde la Corporación Excelencia a la Justicia, en cabeza del Hernando Herrera Mercado, consideró que “el conocimiento de lo público se centra en la libertad de información. La publicada en los procesos penales está incluida en esta libertad”.
Así las cosas, expuso que la noticia en el proceso penal surge de la verdad que está siendo revelada. A su juicio, su transmisión es de vital importancia dedo que permite tener un medio fidedigno sobre el control de la función pública.
Con lo argumentado en la mañana de este jueves, la Corte Constitucional deberá establecer si se fijan nuevas acciones para los periodistas o si por el contrario dejan las ya existentes.
Consulte el artículo en el siguiente enlace: https://bit.ly/34hFP5T