Durante el trámite de la reforma que introdujo el Sistema Penal Acusatorio, la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), promotora del mismo, abogó oportunamente por la separación de las funciones de investigación y de juzgamiento en la Corte Suprema y la doble instancia en los procesos de pérdida de investidura, para poner estos procesos a tono con los nuevos principios. Se trata ahora de conseguir el esquema más acorde con nuestra arquitectura institucional.
Hay abundante evidencia sobre el daño que la cooptación le hizo a la Justicia, pues la rama terminó encerrada en sí misma, estimulando formas de clientelismo aún no superadas. Nos preocupa cómo se cruzan favores entre las cortes, la Fiscalía, la Procuraduría, los tribunales y el Congreso. Como ha venido haciendo carrera que los ex magistrados o magistrados de una Corte pasan de una corporación a la otra. La postulación de los magistrados de las cortes debe ser más abierta y transparente, y en ella deben participar la academia y otras fuerzas vivas. Por eso no es recomendable volver a la cooptación pura. Hay que subir la edad de ingreso a las altas cortes, como lo propone el Gobierno, y es importante debatir incluso si son más convenientes períodos más largos o nombramientos vitalicios.
El esquema actual de integración de la Corte Constitucional nos parece el adecuado. En él deben seguir participando las tres Ramas del Poder Público y no es conveniente que el Gobierno ceda sus derechos de postulación.
La Fiscalía debe trasladarse a la Rama Ejecutiva para consolidar el SPA, el nombramiento del Fiscal correspondería al Presidente, con el veto del Senado cuando haya impedimentos.
La CEJ ha respaldado la autonomía administrativa de la Rama Judicial como garantía de su independencia, y proponemos reformas de fondo al Consejo Superior de la Judicatura. Por ejemplo: 1) Un Consejo Superior sin sala administrativa y sin seccionales, conformado por los presidentes de las altas cortes, el gerente de la Rama Judicial y otros dos miembros, no magistrados sino especialistas en administración de justicia, ojalá no abogados, nombrados por la academia y por los empleados de la Rama Judicial. 2) El Poder Judicial representado por una sola persona. Representación que ejercería el presidente del Consejo Superior, que sería a su vez uno de los Presidentes de una de las Cortes, nombrado para un período de por lo menos 3 años y con reducción significativa o sin carga jurisdiccional. III). Creación de un instituto de administración judicial presidido por el gerente de la Rama Judicial. IV) Autonomía administrativa de la Escuela Judicial.
La reforma debe ser más profunda y pensando en el ciudadano y no en apetitos burocráticos. El fortalecimiento de la justicia, y no solamente aquella que está a cargo de los jueces, debe ser una política de Estado, y la mejor prueba del compromiso del presidente Uribe, ahora que mejoran las relaciones con la Rama, es el restablecimiento del Ministerio de Justicia.
Gloria Maria Borrero. Directora Corporación Excelencia en la Justicia.
El Tiempo / 23 de julio de 2008