Independencia

No obstante, para Mosquera, esta reforma fortalecerá esa jurisdicción, “al abrirle la posibilidad de tener una mayor independencia administrativa, judicial e investigativa, con un cuerpo autónomo de jueces y fiscales, un sistema de carrera independiente y su propia policía judicial, con lo cual se desarrollan garantías de autonomía e imparcialidad, con una estructura independiente del mando institucional”.

Así mismo, aclara que la JPM continúa haciendo parte de la Rama Ejecutiva y administra justicia de acuerdo con el artículo 116 constitucional.

Ramos, entre tanto, resaltó que esta reforma significa un avance, mas no el camino completo por la independencia de la JPM.

Uprimny no es tan optimista. En su opinión, en una eventual acción de inconstitucionalidad, el cargo de sustitución de la Constitución tendría la posibilidad de prosperar, si se considera que el principio de independencia e imparcialidad de la justicia fue afectado por este acto legislativo.

Debates pendientes

Al dejar en un desarrollo legislativo posterior gran parte de la implementación de esta reforma constitucional, sobresalen las dudas sobre su futuro, en su mayoría fundadas en las críticas hechas durante el trámite en el Congreso.

Uno de estos puntos es la armonización del Derecho Penal Militar con el DIH. En un documento del pasado mes de diciembre, la ONG Abogados Sin Fronteras expresó que, debido al carácter imperativo que reviste el DIH en los ordenamientos jurídicos nacionales, dicha reforma era innecesaria.

De acuerdo con lo anterior, convendría tener en cuenta el ofrecimiento de asesoría hecho por los 11 relatores de las Naciones Unidas, para adoptar medidas que logren un marco constitucional y legislativo que refuerce la lucha contra la impunidad.

Por otra parte, en el escenario de la implementación de la reforma constitucional, se debe contemplar una inversión técnica y objetiva para la capacitación de los operadores judiciales.

Al respecto, Mosquera sostiene que la Dirección Ejecutiva de la JPM promueve, junto con la cooperación internacional e interinstitucional y con recursos propios, programas de capacitación para el fortalecimiento del criterio jurídico de los operadores judiciales.

Adicionalmente, el Ministro de Defensa anunció la inversión, por primera vez, de 25.605 millones de pesos, para fortalecer la jurisdicción. Estos recursos, añade Mosquera, mejorarán “la operatividad misional de la jurisdicción especializada, su independencia y autonomía, y la dotará de sede propia, junto con toda una infraestructura que permitirá mejorar las condiciones para su funcionamiento”.

Finalmente, el Legislativo tiene la responsabilidad de garantizar los derechos de las víctimas ante este escenario penal que, en una primera lectura, parece orientarse más por la protección de los derechos de los militares aforados.

 

Delitos excluidos

El Acto Legislativo 2 del 2012 atribuyó a la justicia penal militar la competencia por infracciones al DIH, excluyendo los siguientes delitos:

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