Por lo tanto, no es necesario que las víctimas esperen hasta la etapa de descubrimiento probatorio, que es la audiencia de formulación de acusación, para conocer las evidencias y los elementos de prueba en poder de la Fiscalía.
Desde los primeros pasos investigativos del ente acusador, las víctimas tienen el derecho a conocer el avance en la indagación y sus resultados, puntualizó la Sala.
Por esta razón, la Corte le ordenó a la Fiscalía suministrarle a la Registraduría Nacional del Estado Civil los resultados de las pesquisas que adelanta por el supuesto delito informático del que fue víctima esta entidad en las elecciones parlamentarias del 2010.
Vale la pena recordar que los resultados de estas elecciones no se pudieron conocer a tiempo, pues la página web de la Registraduría colapsó, debido a una cantidad inusitada de visitas.
Por último, la Corte aclaró que las peticiones dentro de los procesos penales no encajan en el derecho de petición, sino en el de postulación.
(CSJ, S. Penal, Sent. T-55418, ago. 18/11, M. P. José Luis Barceló)