05 de junio de 2018 – 

A continuación, se realiza una transcripción de la noticia publicada por Las 2 Orillas. Todo el texto y las imágenes fueron tomadas de su página web.

Una justicia a la “Viviane Morales”

En agosto de 2017, la exsenadora radicó un proyecto para convocar una Asamblea Nacional Constituyente, el cual estaba entre los puntos a discutir hoy en el Senado

Hoy, 5 de junio de 2018, estaba siguiendo la transmisión del Senado con el fin de ver en vivo la votación para el aval de conveniencia sobre la Consulta Anticorrupción, iniciativa ciudadana liderada por la excandidata a la vicepresidencia Claudia López.

Mientras el secretario general del Senado leía de forma protocolaria el orden del día, advertí un punto que me alarmó: ponencia para segundo debate sobre un proyecto de ley para convocar una Asamblea Nacional Constituyente; al parecer, para reformar la justicia.
 
Mientras otorgaban a Roberto Gerlein una condecoración por su gestión como congresista (¿?), decidí investigar un poco sobre este proyecto.
 
Les voy a contar: este proyecto (Proyecto de ley 098 de 2017 en Senado) fue radicado desde agosto de 2017 por la senadora “liberal” Viviane Morales, con el fin de convocar, como bien lo indiqué anteriormente, una asamblea nacional constituyente para reformar nuestra carta política en materia de administración de justicia.

Me parecen preocupantes varios aspectos:

El primero, que en el proyecto de ley presentado por la controvertida Viviane Morales se autoriza vía constituyente la modificación de la estructura completa de la administración de justicia, la reforma del mecanismo de juzgamiento de magistrados de altas cortes y fiscal general, la reforma a órganos de control y otros aspectos relacionados con la justicia. Es decir, puede convertirse en un revolcón absoluto a la justicia que muy seguramente permita la eliminación de la Corte Constitucional como garante de los derechos fundamentales (sobre todo de las minorías y de las comunidades apartadas geográficamente), y la reducción de garantías judiciales como la acción de tutela.

El segundo, consiste en el tiempo de duración de esta asamblea constituyente: tres meses. Es decir, se pretende reformar la estructura de una rama del poder público mediante un mecanismo que sólo funcionará por tres meses, lo cual reduce el tiempo de deliberación informada y merma el impacto de intervenciones de expertos como la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) y DeJusticia. Adicionalmente, un término reducido hace proclive a los constituyentes para aprobar cualquier texto de reforma que se presente, teniendo en cuenta que al instalarse esta constituyente ella misma debe discutir y aprobar su propio reglamento.

El tercer aspecto preocupante es el grado de participación de las universidades: el 30% de los escaños (es decir, 9 de 30) que serán asignados a las universidades con facultades de derecho acreditadas con alta calidad. Si bien es cierto, considero que es necesario asegurar la calidad en el debate por parte de cada constituyente, este aspecto discriminatorio centraliza el poder nuevamente en las élites académicas que tienen una participación casi absoluta en la actual rama judicial y en el gobierno (Andes, Externado, Libre, etc). Aunado a lo anterior, puesto que estos claustros universitarios cuentan con gran cantidad de estudiantes de otras ciudades, lo más probable es que la voz de las universidades de otras regiones de Colombia no sea escuchada.

El cuarto y más importante aspecto, está presente en los antecedentes de las reformas a la justicia que se han presentado y las que se quisieron (o quieren) presentar. Entre ellas destaco tres: el Estatuto Antiterrorista del 2005; la Reforma Judicial del 2012, que eliminaba la perdida de investidura para congresistas que violaran su régimen de inhabilidades, creaba un arancel judicial para acceder a la justicia y otros “micos”; y la indignante reforma judicial que se filtró a la prensa a finales de mayo y que quería presentar el Centro Democrático, mediante la cual se pensaban eliminar todas las cortes y crear un “Tribunal supremo constitucional”, cuyos magistrados serían elegidos por el congreso, así como otorgarle la facultad al presidente de nombrar Fiscal general (con ratificación del legislativo), y la creación de órganos de investigación a cargo de la presidencia y no de la rama judicial.

Por ello, considero que esta convocatoria a asamblea constituyente no solamente es innecesaria, sino que es inconveniente y perjudicial para nuestra Constitución, puesto que es la puerta de entrada para eliminar la independencia de la rama judicial y crear un manto de impunidad sobre aquellos que se quieren apalancar en el poder.

 

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