El caso surgió ante las dificultades por las que pasó hace dos años Henry Páez Guzmán, quien debido a su pequeña estatura no logró alcanzar la ventanilla de información de la Secretaria de la Corte Constitucional, los magistrados del alto tribunal decidieron por primera vez tutelarse a sí mismos.

Según Páez, los 1,18 metros de altura de la ventanilla lo pusieron “en una situación incomoda y degradante” al momento de intentar solicitar una información. Esta situación lo llevó a instaurar una tutela contra la Corte Constitucional y el Consejo Superior de la Judicatura.

Los magistrados Mauricio González Cuervo, Nilson Pinilla y Marco Gerardo Monroy Cabra después de revisar la tutela decidieron revocar la decisión inicial que dictó el Juzgado 37 Penal de Bogotá, que la rechazó por improcedente, y concedieron el amparo a sus derechos fundamentales.

En la decisión también le ordenaron al Consejo Superior de la Judicatura implementar de inmediato un plan para modificar la infraestructura física de todas las dependencias judiciales del país, aprovechando que existe un proyecto para el reforzamiento de las edificaciones a partir del segundo semestre de este año.

Los magistrados reconocieron la situación de marginalidad social de las personas que sufren de enanismo. En parte, debido a que en Colombia no se consideraban como discapacitados, lo que ha impedido que el Estado adopte políticas públicas para atenderlos.

También admitieron que la infraestructura física del Palacio de Justicia, y en general de la totalidad de las sedes públicas no cuentan con la infraestructura física adecuada para no lesionar sus derechos.

“Existe omisión en el tratamiento especial a estos ciudadanos que asegure el acceso efectivo a todo tipo de atención pública”, concluyeron en el fallo.