SE CONFIGURÓ la primera reunión interinstitucional para dar aplicación a la Reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, en la que se tocó el asunto de la obligatoriedad de la Procuraduría para asumir las conciliaciones que surjan de demandas administrativas donde haya de por medio una indemnización.
En la reunión, a la acudió el procurador general, Alejandro Ordóñez; el presidente del Consejo de Estado, Enrique Gil Botero; el presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Hernando Torres Corredor, y el presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior, Jesael Giraldo Castaño, entre otros funcionarios, se dispuso la creación de procuradores especializados para antender la demanda de conciliaciones.
Por su parte, el Consejo Superior de la Judicatura estableció el entrenamiento de los jueces que van a conocer de las conciliaciones.
Sin embargo, como lo explicó el magistrado Gil Botero, estas conciliaciones son extrajudiciales, es decir, tiene que velarse por un acuerdo mutuo entre el demandante y el demandado, siempre y cuando haya de por medio una indemnización, para que así el proceso pueda llegar a la justicia de lo contencioso administrativo.
Por esto, y como lo explicó a EL NUEVO SIGLO Hernando Torres Corredor, presidente del Consejo Superior de la Judicatura, si no se corre esta diligencia, el juez conocedor del caso rechazará la demanda.
En consecuencia, tendrá que haber un representante del Ministerio Público para que, mediante un acto de conciliación, pueda dirimir pleitos administrativos de manera anticipada.
Esta tarea ya la tenía la Procuraduría, pero era asumida solo cuando lo sugerían las partes del pleito; ahora es de carácter obligatorio que todos los sujetos procesales entren a conciliar, pues así se podría ahorrar un proceso largo y que demandaría más presupuesto.
Esto obedece a un plan de descongestión judicial propuesto en una reforma de ley estatutaria que ya firmó el presidente Álvaro Uribe el pasado 25 de enero.
El ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, aseguró que esta reforma será una herramienta fundamental para lograr el propósito de entregar la justicia al día en el 2010.
Otros puntos de la ley
La Reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, que ya fue avalada por la Corte Constitucional, también contiene:
“La autorización al Gobierno Nacional para que durante los próximos cuatro años incluya en el Presupuesto de Rentas y Gastos una partida equivalente al 0,5 por ciento del Producto Interno Bruto, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, el marco fiscal de mediano plazo y el marco de gastos, para desarrollar gradualmente la oralidad en todos los procesos judiciales que determine la Ley y para la ejecución de los planes de descongestión”.
La creación de un fondo para la modernización, descongestión y bienestar de la Administración de Justicia, como una cuenta adscrita al Consejo Superior de la Judicatura, que se nutrirá de los derechos, aranceles, emolumentos y costos que se causen con ocasión de las actuaciones judiciales y sus rendimientos, así como de las donaciones y aportes de la sociedad, de los particulares y de la cooperación internacional y las asignaciones que fije el Gobierno Nacional.
La creación de cuatro nuevos cargos de magistrados para la Sección Tercera del Consejo de Estado, que son los encargados de resolver las demandas contra el Estado. Además, le da más funcionalidad a las altas Cortes.
La creación de una Comisión del Proceso Oral y Justicia Pronta, integrada por el Ministro de Interior y de Justicia, quien la presidirá; los presidentes de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y del Consejo Superior de la Judicatura; un senador y un representante a la Cámara, miembros de las comisiones primeras, dos representantes de la academia y un representante de la sociedad civil vinculados a la Administración de Justicia.
El Nuevo Siglo / 30 de enero de 2009