El consejero Gómez Aranguren, entre tanto, insiste en esta entrevista que su fallo si tendrá efectos.
En 17 años, no se había visto que prosperara una tutela contra la Corte Constitucional. ¿Por qué usted considera que sí proceden?
Claro que la Corte puede ser objeto de tutela. ¿Cuál es el soberano en un estado de derecho? Los derechos de las personas. ¿Para qué sirven los jueces? Para garantizar esos derechos. Las autoridades en un estado de derecho producen decisiones que no pueden ser infalibles. En consecuencia, si la Corte Constitucional quebranta un derecho fundamental, ese ciudadano no puede quedarse sin juez que le proteja sus derechos. Ese tono absolutista y autoritario de los Estados en los que las autoridades se vuelven infalibles es lo que abre puertas a las cortes internacionales de justicia.
Si puede entutelarse la Corte Constitucional, ¿qué pasa con la seguridad jurídica?
Si la Corte viola derechos, indudablemente habrá que tumbar sus decisiones. Si el Consejo de Estado viola derechos, habrá otra autoridad que los hace prevalecer. Uno no puede confundir inseguridad jurídica con una especie de tolerancia a un absolutismo judicial.
¿Eso no abre la puerta a tutelas contra tutelas, a un círculo judicial de nunca acabar?
El círculo vicioso se rompe cuando hay una sentencia judicial que tiene que ser tan sencilla, tan franca y tan coherente que la razón la sostiene. Si hay una decisión que es razonablemente lógica y atemperada a la realidad, eso se sostiene solo. No es un problema de procesos, sino de realidades. El problema es buscar un orden justo. El país sí tiene un riesgo con sus instituciones que se vuelven absolutamente teóricas y que se van perdiendo en la penumbra de tanta sutileza.
Pero el Consejo de Estado no admitió las tutelas contra sentencias…
Es un avance. Tradicionalmente el Consejo de Estado pensaba que para preservar un valor, que se llama seguridad jurídica, había que excluir las sentencias de la opción de tutela. Eso en lo teórico suena, pero en la práctica uno encuentra con sentencias que son totalmente absurdas y que no tienen otro remedio que la tutela.
Eso hay que entenderlo en un proceso de modernización de la Justicia.
La Corte prepara una respuesta que muy posiblemente precise que no puede haber tutelas contra sus sentencias. Entonces, ¿cuál es el futuro de su decisión?
Yo pensaría que la Corte no puede pronunciarse sobre esta sentencia. ¿Por qué? Porque es una tutela que juzga un acto que ellos produjeron. En consecuencia, me parece que están impedidos para hacerlo ética y jurídicamente. O sea que esa sentencia la tendría que revisar una sala de conjueces. Si la Corte decide revisar la tutela, para el país sería muy lamentable, porque ahí lo que está en juego es una decisión de ellos mismos y uno no puede ser juez de sí mismo. Sería la concentración del absolutismo judicial.
¿El Consejo de Estado seguirá analizando las tutelas contra sentencias de la Corte?
Por supuesto. Cuantas veces tenga que tutelar fallos de cualquier autoridad. El problema es de fondo porque estamos en un estado de derecho donde priman los derechos de las personas y la profesión de juez lo conecta a uno con esa lucha por los derechos.
El Tiempo / 14 de agosto de 2008