El ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, aseguró que el 6 de febrero se lanzarán el plan piloto, aunque no significa que ese día salga el primer grupo.
La directora del Inpec, Teresa Moya Suta, señaló que el Instituto envió a jueces un listado con 1.800 nombres de internos que en principio cumplen con los requisitos establecidos por decreto. Entre ellos está no tener condena mayor a ocho años, que corresponde por ejemplo a delitos de lesa humanidad, y contar con registros de buen comportamiento.
La directora del Inpec aseguró además que los jueces estudian actualmente cerca de 4.000 mil solicitudes de presos de las cárceles La Picota, la Modelo y el Buen Pastor.
Los brazaletes hacen parte de un programa piloto del Ministerio del Interior, que fue aprobado por decreto y que debió aplicarse desde el 10 de diciembre pasado, pero que por problemas logísticos y técnicos se aplazó su inicio.
Fuentes del Ministerio dijeron que a los internos a los que se les conceda el beneficio podrán pedir al juez que se les autorice un destino más, aparte de la residencia, para ir a estudiar. La exigencia es presentar un certificado que así lo demuestre.
El presidente de la sala administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, Jesael Giraldo, explicó que los jueces recibieron una capacitación con los aspectos que deberán evaluar antes de otorgar el beneficio.
Añadió que en un encuentro se acordó que la vigilancia de los internos estará a cargo del Inpec, que contará con un centro de monitoreo en el que se señalará el lugar en dónde se encuentra el preso.
Si este sale del área autorizada o intenta destruir el brazalete se activará una alarma, a lo que inmediatamente la guardia del Inpec y/o la Policía procederán a recapturarlo.
En principio el plan piloto, que irá hasta finales del 2010, se aplicará en Bogotá y de resultar exitosa se extenderá al resto del país. En Bogotá, según fuentes oficiales, hay 2.441 internos que podrían cumplir con los requisitos del decreto.
Requisitos que deberán cumplir los internos
• Que la condena no supere los ocho años de prisión.
• Que la pena no se por delito doloso.
• Que el desempeño personal, laboral, familiar o social del condenado permita al juez deducir que no pondrá en peligro a la comunidad y que no evadirá el cumplimiento de la pena.
El Tiempo / 27 de enero de 2009