05 de junio de 2018 – 

A continuación, se realiza una transcripción de la noticia publicada por Ámbito Jurídico. Todo el texto y las imágenes fueron tomadas de su página web.

Piden reglamentación urgente de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial

La Corporación Excelencia en la Justicia y Dejusticia se unieron, a través de una campaña en redes sociales, para solicitarle al Ministerio de Justicia y al Consejo Superior de la Judicatura tramitar ante el Congreso la regulación necesaria para realizar la convocatoria de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial lo más pronto posible, así como informar sobre los avances realizados en este importante tema para la comunidad jurídica.

Así mismo, solicitaron a los presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado que hagan un llamado a los congresistas, para que activen su iniciativa legislativa y regulen el asunto con urgencia.

Vale la pena recordar que, hace casi tres años, la reforma de Equilibrio de Poderes (Acto Legislativo 02 del 2015) creó un nuevo órgano encargado de remplazar a la máxima autoridad del sistema disciplinario de los funcionarios judiciales establecida en la Constitución Política de 1991, esta es la Sala Disciplinaria del Consejo Superior.

El nuevo órgano, llamado Comisión Nacional de Disciplina Judicial, tiene la competencia de juzgar disciplinariamente a los funcionarios judiciales y abogados litigantes, entre otros.Según la reforma constitucional que la creó, la nueva corporación judicial debió haberse implementado un año después de entrar en vigor la reforma. Conozca sus principales características:

La máxima autoridad del sistema disciplinario de la Rama Judicial es una instancia muy importante, porque conoce de las faltas disciplinarias e impone sanciones en el sistema judicial.

Estas faltas pueden ser incumplimientos de los deberes legales y actuaciones irregulares o ilícitas, que incluyen conductas asociadas a actos de corrupción y comportamientos antiéticos o desleales.

Este órgano puede imponer sanciones como multas, la suspensión o exclusión del cargo o del ejercicio profesional, la destitución e incluso inhabilidades para ejercer cargos públicos por un tiempo determinado, según el caso.

Para estas dos organizaciones, la implementación de la Comisión ha enfrentado numerosas demoras, pues la reglamentación de la convocatoria para elegir a sus miembros se hizo de manera inapropiada y, por ello, fue declarada nula por inconstitucional por el Consejo de Estado, a comienzos de este año.

A más de dos años del vencimiento del plazo para su implementación, los magistrados que compondrán este nuevo órgano de justicia no han sido convocados, ni mucho menos elegidos. 

Mientras tanto, agregan, la Sala Disciplinaria se encuentra en interinidad. Esto significa que sigue a cargo de la disciplina de los jueces y los abogados, pero, debido a las demoras para implementar la nueva Comisión, la Sala está funcionando con la mayoría de sus magistrados en provisionalidad y algunos con periodo constitucional vencido. “Esto afecta la legitimidad de la Sala que sigue siendo la máxima autoridad disciplinaria de los juristas”.

Y es que cinco de sus siete magistrados se encuentran nombrados en provisionalidad, y los dos restantes que están en propiedad (el presidente y la vicepresidenta de la Sala) tienen el periodo constitucional vencido, con casi 10 años ejerciendo dicho cargo, cuando el tope máximo debería ser de ocho años

Razón por la cual “es imprescindible regular la convocatoria para la elección de los magistrados e implementar la Comisión lo más pronto posible. La Rama Judicial necesita tener un sistema disciplinario transparente, legítimo y estable, no uno en provisionalidad y en transición indefinida”, finaliza la solicitud de este importante sector de la justicia.

 

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