Y cuando el Gobierno lo radicó, el pasado mes de agosto en el Congreso, la respuesta de las cortes, en principio, fue pedir “veeduría internacional”, pero luego desistieron y en cambio radicaron su propio proyecto de reforma judicial.
Las cosas parecían armónicas, pero, tras los dos debates del proyecto, el Consejo de Estado se percató que el Congreso no atendió sus propuestas en unas discusiones que para los magistrados han sido ligeras y poco profundas, por la premura del Gobierno para que la iniciativa no fracase en el parlamento.
Por eso, los magistrados expidieron un comunicado en el que expusieron, aunque de forma difusa, sus observaciones frente al tema y decidieron romper esos acuerdos que se produjeron en los dos primeros debates.
A partir del comunicado, estas son las principales diferencias entre el Consejo de Estado y el Gobierno.
¿Propuestas de última hora?
Dice el Consejo de Estado: “La reforma que se está adoptando exhibe una evidente incoherencia entre lo inicialmente anunciado y propuesto, y lo que viene resultando como consecuencia de una precipitada deliberación legislativa, que parece fuera de control”.
La molestia del alto tribunal es que el gobierno tenía un proyecto inicial y durante los debates en el Congreso ha ido incorporando algunos artículos que no habían sido pactados.
Por ejemplo, inicialmente el Gobierno había planteado la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura, luego no sólo se retractó, sino que le dio mayores poderes a la sala disciplinaria de esa corporación.
El Consejo de Estado tampoco conocía de la propuesta de ampliar de 8 a 12 años el periodo de los magistrados de las altas cortes.
También generó incomodidad que la reforma a la justicia se haya prestado para otros asuntos, como incluir en ella la ampliación del fuero militar y de la denominada silla vacía, circunstancias que desvían el propósito inicial de la reforma, concentrado en ocuparse de la descongestión de los procesos y el fácil acceso a justicia para los ciudadanos.
¿Reforma, ineficaz?
Según el Consejo de Estado, “el texto hasta ahora aprobado no da respuesta efectiva a los problemas y necesidades de la justicia, como son la congestión de los despachos judiciales, la garantía del derecho constitucional de acceso a la administración de justicia y la concreción del derecho de toda persona a la convivencia pacífica y un orden justo”.
La molestia del alto tribunal está en que para las altas cortes el problema de la congestión se resuelve con la concesión de mayores herramientas y autonomía presupuestal a la rama judicial.
El Consejo de Estado propuso que la reforma permita establecer en la Constitución que, anualmente, el gobierno destine el 5 por ciento del presupuesto a las necesidades de la rama judicial.
El gobierno consideró excesiva esa propuesta y solo permitió que el Congreso aprobara la asignación del 2,5 por ciento del presupuesto. Para el Consejo de Estado ese monto sigue siendo insuficiente, incluso para solventar el actual déficit del poder judicial.
El alto tribunal también se mostró en contra de que notarios y abogados particulares (exmagistrados por ejemplo) tengan funciones jurisdiccionales, como lo propuso el Gobierno y como fue aprobado en los dos primeros debates del proyecto.
¿Menor autonomía del poder judicial?
En el comunicado, el Consejo de Estado afirma que “algunas de las disposiciones aprobadas debilitan la autonomía de la rama Judicial y los principios de separación y equilibrio de las ramas del poder público”.
El malestar del alto tribunal es que en los dos primeros debates se aprobó que de la nueva sala de gobierno de la rama Judicial estarían haciendo parte el Ministro de Justicia y el Fiscal general de la Nación. Para los magistrados, eso atentaría contra la autonomía de la rama Judicial.
El ministro de Interior, Germán Vargas Lleras, se encargó de controvertir esta afirmación. al señalar que “insistir en que se violenta la autonomía de la Rama porque el señor ministro de Justicia pueda participar con voz pero sin voto en las decisiones de la administración judicial, me parece que no refleja la realidad”.
¿Judicatura, la supercorte?
El Consejo de Estado afirmó en su comunicado que “las funciones exorbitantes que el proyecto atribuye a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura deterioran la autonomía y la gobernabilidad de la Rama, ignoran graves cuestionamientos públicos que afectan la dignidad de la justicia, pasan por alto autorizadas críticas al equivocado diseño institucional de ese organismo y aniquilan el equilibrio de los poderes públicos”.
Según lo aprobado en los dos primeros debates de la reforma, la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura tendría entre otras estas nuevas atribuciones: examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios y empleados de la rama Judicial, así como las de los abogados en el ejercicio de su profesión y de los auxiliares de la justicia; practicar visitas generales a todos los despachos judiciales; conocer de los asuntos disciplinarios contra los Magistrados de la Corte Constitucional; y tener unos investigadores de libre nombramiento. Eso sí, no podrán conocer de acciones de tutela.
Consejo de Estado, ¿silenciado?
Advierte el Consejo de Estado que “con base en la confianza que le merecen las instituciones democráticas, elaboró con seriedad y responsabilidad un proyecto de reforma constitucional a la justicia que, luego de un amplio debate interno, presentó al Congreso de la República. Sin embargo, su consideración quedó reducida a un plano meramente formal y protocolario”.
Entre las principales propuestas del Consejo de Estado estaba la de consagrar el 5 por ciento del presupuesto nacional para la rama judicial; tener tres miembros en la sala de gobierno de la rama Judicial, mientras que las otras cortes tendrían dos; eliminar el Consejo Nacional Electoral, el cual reemplaza por la Comisión Nacional de Inspección y Vigilancia Electoral; doble instancia para procesos de pérdida de investidura y acaba con el Consejo Nacional Electoral; y quitaba la potestad a la Corte Constitucional de revisar tutelas contra sentencias judiciales.
En los dos primeros debates, ninguna de estas propuestas fue aprobada. Los magistrados advierten que el Gobierno ha impuesto sus mayorías en el parlamento para aprobar el proyecto radicado por el Ejecutivo.
El ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, controvirtió esta consideración al señalar que el Consejo de Estado ha venido participando en los debates que tuvieron lugar en el Senado, y el proyecto aprobado por la cámara alta fue aceptado por el presidente de ese tribunal, Mauricio Fajardo, quien intervino en el debate de cada uno de los artículos, tanto en la Comisión Primera como en la Plenaria.
“¿Cómo es que transcurren un par de semanas y luego llegan a la conclusión de que eso que quedó aprobado no resulta satisfactorio, y les merece la descalificación a la que están haciendo referencia ahora? Han debido plantearlo en el instante que se hizo la respectiva aprobación y ello no ocurrió así”, consideró Esguerra.
¿Se superará la crisis?
Los magistrados de las altas cortes han tenido la oportunidad de intervenir en cada momento de la discusión. Otra cosa es que el Congreso no haya aprobado sus propuestas.
Sin embargo, uno de los ponentes del proyecto en el Senado, el liberal Jesús Ignacio García (Partido Liberal), recordó que ninguna de las propuestas del Consejo de Estado ha sido votada de forma negativa sino que se mantiene vigente para discutirse en la segunda vuelta de debates del proyecto.
La reforma a la justicia ha surtido dos debates, aún le faltan seis discusiones y las propuestas del poder judicial se mantienen vigentes, explicó García.
De momento, la reforma a la justicia seguirá su trámite legislativo, y el Congreso aún tiene las puertas abiertas para escuchar las opiniones de los magistrados, según le dijo a Semana.com Orlando Velandia (Partido Liberal), coordinador del proyecto en la Cámara de Representantes. Mientras que el ministro de Justicia aspira a convencer al Consejo de Estado de participar de las discusiones y de la necesaria colaboración armónica de las ramas del poder público.