En la acción judicial se señalaba la necesidad de conocer los hechos y razones que rodearon la modificación del esquema de protección y seguridad de la excongresista el día en que fue trasladada a una cita odontológica. Crédito: Tomada de RCN Radio.

Bogotá, 24 de enero de 2020. A continuación, se realiza una transcripción del artículo publicado por RCN Radio. El texto y la imagen fueron tomados de su página web.

El juzgado noveno de ejecución de penas de Bogotá le ordenó al Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) entregar, en un plazo no mayor a las 48 horas, toda la información relacionada con la fuga de la exrepresentante a la Cámara, Aida Merlano Rebolledo en hechos registrados el pasado 1 de octubre en el norte de la capital de la República.

La decisión se tomó tras resolver una acción de tutela presentada por la Corporación Excelencia en la Justicia, en la cual se advertía que pese a las constantes solicitudes el Inpec se había reservado la entrega de la información al considerar que era clasificada.

En la acción judicial se señalaba la necesidad de conocer los hechos y razones que rodearon la modificación del esquema de protección y seguridad de la excongresista el día en que fue trasladada a una cita odontológica, así como el funcionario del Inpec que dio la orden.

Igualmente, se pedía información sobre las visitas que recibió Merlano después de la condena de 15 años de prisión impuesta por la Corte Suprema de Justicia y todo lo que rodeó la autorización para el diseño de sonrisa, entre estos la pertinencia y necesidad del procedimiento.

En el fallo judicial, el despacho determinó que en efecto el Inpec había incurrido en una vulneración al derecho fundamental de petición puesto que –como lo señaló la tutela- había respondido con evasivas, entregando documentos genéricos y solamente respondiendo uno de los cinco interrogantes planteados.

En la decisión se concluyó que la información pedida no tiene el “carácter de reservado”, indicando que existe una necesidad por parte de los ciudadanos para ejercer control frente a las entidades públicas.

Igualmente se cuestiona el hecho que el Inpec respondiera que no contaba con el libro de las visitas de la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, indicando que no se puede omitir el hecho que ella ya había sido condenada por una instancia judicial.

En otro de los apartes se cuestiona que el Instituto señalara que no tenía la identificación de los funcionarios que ordenaron cambiar el esquema de seguridad, indicando que la ley es muy clara frente a las disposiciones que tiene esta entidad.

Sin embargo, el Inpec impugnó la decisión ante un juez superior, hecho por el cual hasta que no se tome una decisión de segunda instancia no se entregará la información sobre el caso de la dirigente política.

La excongresista aprovechó su traslado a una cita odontológica para fugarse de las autoridades.

Consulte el artículo en el siguiente enlace: https://bit.ly/36rpwEu