Lo anterior por haber ordenado la actividad irregular de borrado y alteración de la información de la base de datos del organismo de seguridad. La sala disciplinaria de la Procuraduria General, al revisar en segunda instancia el proceso, consideró que García Torres, influyó negativamente para que se creara a dos subalternos de confianza los usuarios, por medio de los cuales se benefició un grupo de personas sobre las cuales pesaban requerimientos por parte de las autoridades judiciales, particularmente en lo relacionado con la identificación, registro de antecedentes y movimientos migratorios o viajes al exterior.

Al mismo tiempo se advierte, que García suministró los nombres y números de cédulas de quienes iban a modificar la información consignada en del Das, “Tenía la potestad de ubicar a los funcionarios para que cumplieran determinada actividad. Al disciplinado le era imperativo encuadrar su deber funcional al orden jurídico frente a su relación con el Estado… abusó de su posición dominante”

Igualmente, se dejó en firme la destitución e inhabilidad por 12 años a Ariel José Garzón Estrada, Profesional Especializado y contra Ricardo José Cantillo López, Técnico Administrativo, de la Oficina Informática del DAS, por el manejo irregular de la información en los registros de la base de datos central del Departamento Administrativo de Seguridad.

Se concluyó además, que Garzón Estrada, actuó de manera consciente y en conveniencia con su jefe inmediato (García Torres) frente a la realización de las conductas irregulares, por lo que calificó su falta como gravísima, cometida a título de dolor.

En cuanto a Ricardo José Cantillo López, advierte la investigación que por estar vinculado desde 1995 a la entidad no era un novato y ocupaba un cargo para el cual no estaba preparado, aceptó que sabia hacer consultas en la base de datos.

La Republica / 20 de abril de 2009