Esa interinidad no solo afecta el futuro de Bogotá sino que pone en entredicho la seguridad jurídica del país: la certeza de que las reglas de juego se cumplen y de que procesos jurídicos y administrativos terminan en algún momento.

Petro no es, ni mucho menos, el primer sancionado que pretende tumbar el proceso en su contra echando mano del amplio arsenal jurídico que para esos fines existe en la legislación colombiana. El coronel Mauricio Santoyo, exjefe de seguridad del expresidente Álvaro Uribe, fue destituido en 2003 por ‘chuzar’ a una ONG de derechos humanos y sin embargo logró, con tutelas y demandas, embolatar su salida de la Policía y ascender a general. Fue retirado del servicio en 2009 y hoy paga una pena de 13 años en Estados Unidos por colaborar con el narcotráfico y otros crímenes de grupos paramilitares.

El caso del Alcalde, sin embargo, tiene ribetes inéditos. La incertidumbre sobre su suerte tiene en el tintero la realización de la revocatoria de su mandato, que está programada para el 2 de marzo y que le costaría al país 38.000 millones de pesos. Si la destitución queda en firme antes, la revocatoria se cancela. Si se llega a realizar y las urnas favorecen a Petro, pero la destitución finalmente queda en firme, el Alcalde de todas maneras se tendrá que ir. Y si su eventual salida ocurre después del 30 de junio, el Presidente tendría que escoger a un alcalde de una terna enviada por el partido de Petro.

La ‘tutelatón’

Para frenar la destitución se han entablado desde diciembre pasado más de 800 tutelas que, aunque fueron interpuestas por personas diferentes, fueron casi todas copiadas de un mismo modelo, en cumplimiento de un plan que se cocinó el 9 de diciembre –día del fallo de primera instancia en Procuraduría– bajo una de las carpas levantadas en la plaza de Bolívar por partidarios del Alcalde.

Quien redactó la tutela fue Carlos García, un abogado de la Universidad Nueva Granada. El 10 de diciembre, con megáfonos, desde la plaza de Bolívar empezaron a convocar a los ciudadanos que ante la justicia aparecen hoy como “agentes oficiosos de los derechos fundamentales” del Alcalde. La tutela prefabricada también fue ‘subida’ a redes sociales y páginas web para su reproducción.

La primera avalancha llegó a los juzgados de la carrera décima con 11, en pleno centro de Bogotá, el miércoles 11 de diciembre. Todas, presentadas, según los que las pusieron, “por convicción propia”. Dos días después vino una segunda oleada, con algunas modificaciones en los argumentos pero siempre invocando el “amparo de los derechos fundamentales de elegir y ser elegido”. Un tercer frente de la ‘tutelatón’ fue el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El 19 de diciembre del 2013 se radicaron 31 de las 36 acciones de amparo que tienen los ojos de todo el país sobre sus magistrados.

Dos de las tutelas que están en el Tribunal se movieron esta semana. La que le llegó al despacho de José María Armenta dio pie a la suspensión, por 10 días, de la destitución, entre tanto el magistrado y dos de sus colegas deciden si a Petro se le violaron derechos fundamentales.

Esos 10 días se cumplen el jueves, pero ya el viernes pasado tres magistrados del mismo Tribunal negaron, por improcedente, otro recurso, que pretendía frenar la destitución: el que entabló el exmagistrado Julio César Ortiz, cabeza del equipo jurídico que defiende al Alcalde. 

La sanción, sin embargo, está lejos de quedar en firme. La tutela que fue negada en decisión de fondo no afecta la suspensión provisional ordenada por Armenta y no sienta precedente en el debate entre quienes sostienen que a Petro le violaron derechos fundamentales y los que contrapuntean que fue juzgado disciplinariamente con reglas de juego preexistentes y con todas las garantías previstas por la legislación colombiana. La discusión final solo la zanjará, en un trámite que podría tardarse meses, la Corte Constitucional. A finales del año pasado, ese tribunal ya había hecho un pronunciamiento clave frente al tema: al ratificar la destitución de Piedad Córdoba, dejó a salvo las facultades disciplinarias del Procurador sobre los funcionarios elegidos. 

En medio de esa incertidumbre, juega la teoría del Procurador, que asegura que los términos para la notificación del fallo de segunda instancia, que confirmó la destitución e inhabilidad por 15 años, siguen corriendo. Ordóñez sostiene que la orden del magistrado Armenta no suspendió el proceso de notificación, porque se refiere a decisiones ejecutoriadas.

Eduardo Cifuentes, expresidente de la Corte, dice que si bien se asiste a un episodio extremo de ‘tutelitis’ con fines estratégicos, “no se puede poner en tela de juicio un instrumento legítimo como la tutela”.

Gloria María Borrero, directora de la Corporación Excelencia en la Justicia, sostiene por el contrario que casos como este “demuestran que en el país hay un abuso de este mecanismo” y que es urgente establecer normas para regularla. “Tenemos muchas instancias que intervienen en los mismos procesos, duplicidad de funciones, y todo eso crea gran inseguridad jurídica”, dice Borrero. Agrega que temas como la tutela, las funciones de los organismos de control y las instancias de cierre de procesos son algunos de los puntos que deben discutirse en el marco de una nueva reforma de la justicia.

El exprocurador Carlos Gustavo Arrieta considera que detrás de la ‘tutelatón’ “hay una estrategia clara para enredar y evitar la aplicación de la decisión”, pero sostiene que al final se impondrá la tesis de que la Procuraduría sí puede investigar y sancionar a los funcionarios públicos, incluyendo a los de elección popular.

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