La pena de multa se sujetará a las siguientes reglas: La multa no podrá superar los 50 smlmv; será fijada en forma motivada por el juez teniendo en cuenta la gravedad y el daño causado con la conducta; la intensidad de la culpabilidad; el valor del objeto del delito o el beneficio reportado por la misma; la situación económica del condenado, deducida por su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares y las demás circunstancias que indiquen su posibilidad de pagar; en caso de concurso de conductas punibles o acumulación de penas, las multas correspondientes a cada una de las infracciones se sumarán, pero el total no podrá exceder el máximo fijado en esta ley. En caso de incumplimiento de las penas principales de trabajo social no remunerado y multa, éstas se convertirán en arresto de fin de semana.