La iniciativa, que pasa a sanción Presidencial, establece además que se adelante proceso de extinción de dominio a las sedes de hoteles, bares, hostales y residencias donde se faciliten encuentros sexuales con menores de edad.

Según el senador Armando Benedetti, la nueva ley impone penas de 4 a 8 años de prisión a quienes dirijan, organicen o promuevan actividades turísticas que incluyan utilización sexual con menores de edad. La condena aumentará la mitad cuando la conducta se realice con menor de 12 años o si un familiar del abusado hace parte de la red delincuencial. En cuanto a la pornografía infantil, el Congreso determinó que las penas irán de 10 a 20 años de cárcel a quienes tomen fotografías, grabe en video, produzca, divulgue, compre, posea, porte, almacene, trasmita o exhiba “representaciones reales de actividad sexual que involucre persona menor de 18 años”.

“Además se les impondrá multas que van de 150 a 1.500 salarios mínimos”, afirmó Benedetti. La nueva ley pide al ministerio de Comunicaciones que reglamente el funcionamiento de los Café Internet para evitar la difusión de ese material en estos establecimientos.

En Colombia se cree hay cerca de 35 mil menores de edad explotados sexualmente.