Con ponencia del magistrado Rodrigo Escobar Gil, la Corte se pronunció sobre 42 disposiciones contenidas en al menos 20 leyes que protegen los derechos civiles de los colombianos.
En todos los casos determinó cambios puntuales que homologan los derechos de las parejas gay a los de las heterosexuales. Se trata de un camino que había iniciado en el 2007 cuando les reconoció derechos en salud y pensiones.
Ahora, en la misma tónica, ordenaron cambios a los códigos Civil, Penal y Disciplinario para evitar discriminación o la vulneración de sus derechos básicos.
Las órdenes impartidas por la Corte son radicales. En adelante, por ejemplo, los miembros de la Fuerza Pública podrán exigir que sus parejas homosexuales sean atendidas por los servicios de salud y protección social del Ministerio de Defensa.
En materia penal, los homosexuales tendrán el derecho a no ser obligadas a declarar contra su pareja, beneficio que hasta ahora estaba reservado para las uniones heterosexuales.
También podrán declararse beneficiarios del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat). En todos los casos, debe haber un reconocimiento legal a través de las notarías.
Derechos políticos
En materia civil, las parejas de un mismo sexo podrán adquirir vivienda y protegerla como patrimonio familiar inembargable. Los integrantes de la pareja, incluso, podrían ser demandados por alimentos, según determinó la Corte Constitucional.
Y, por primera vez, un tribunal colombiano marca pauta sobre los derechos políticos de los homosexuales.
Así, si la pareja es extranjera podrá reclamar nacionalidad colombiana en las mismas condiciones de una unión heterosexual.
Y los habitantes de San Andrés podrán reclamar la residencia para su compañero homosexual.
El presidente de la Corte, Humberto Sierra, explicó anoche que la decisión también implica obligaciones, como no malversar los bienes de la unión familiar. También les aplicarán los agravantes penales contemplados para los casos de violencia intrafamiliar.
Los condicionamientos de la Corte incluyen los derechos para los compañero de víctimas de crímenes atroces que exluían a parejas del mismo sexo como el de la verdad, la justicia y la reparación, lo mismo que medidas de protección.
En materia de prestaciones sociales, el derecho a recibir subsidios se extendió a los servicios que brinda a los conyuges de los afiliados las cajas de compensación familiar.
Para la Corte, auque son explicables las razones por las cuales los legisladores no incluyeron en las normas que aprobó a parejas de un mismo sexo, por no existir la necesidad en ese momento estas pueden ser asimiladas a las nuevas circunstancias en la medida en que son reconocidos sus derechos 42 demandas contra igual número de normas fueron estudiadas por la Corte Constitucional. Se afectan unas 20 leyes.
‘Un país más incluyente’
Para Colombia Diversa, asociación que defiende los derechos de parejas homosexuales del país, la decisión de la Corte Constitucional, es un ejemplo de cómo “el cumplimiento de la Constitución no se queda en el papel”.
Para sus representantes, la Corte cumple con un mandato internacional de promover el concepto de igualdad “que no admite excepciones ni atenuantes según la orientación sexual de las personas” y que está vigente desde la Declaración de los derechos Humanos en 1948.
Según la directora de la organización Colombia diversa, Marcela Sánchez Buitrago, la lucha por los derechos humanos de lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas beneficia a toda la sociedad en su conjunto y hace de Colombia un país mucho más incluyente.
El Tiempo / 29 de enero de 2009