Concierto para delinquir es el delito que más cometen los congresistas investigados por la Corte Suprema de Justicia, y violación al régimen de inhabilidades la razón por la que más pierden su investidura ante el Consejo de Estado, advierte el informe Investigación y juzgamiento de congresistas, elaborado por la Corporación Excelencia en la Justicia —CEJ—, que analizó la investigación y juzgamiento de los parlamentarios.
Mientras en el primer delito la participación fue del 42.2% en el total de sentencias emitidas en única instancia, en la violación al régimen de inhabilidades, también en procesos de única instancia, fueron emitidos 22 fallos por el máximo órgano de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
En cuando a los procesos en la Corte Suprema de Justicia, el documento analizó las 92 sentencias emitidas por la Sala de Casación Penal en única instancia, entre 2000 y 2018, por procesos penales contra congresistas en delitos contra la fe pública, el orden económico social, la seguridad pública, entre otros, y encontró que el listado de los delitos está encabezado por concierto para delinquir con 42.2%, peculado con 13.8%, concusión con 8.6%, constreñimiento al sufragante con 5.2%, concierto para promover grupos al margen de la ley con 5.2%, cohecho con 4.3%, tráfico de influencias con 4.3% y enriquecimiento ilícito con 3,4%. De acuerdo con el informe, al menos el 90.2% de los 92 fallos tenían sentido condenatorio y 106 servidores públicos fueron juzgados por estos delitos ante la Sala de Casación Penal.
En cuanto a la pérdida de investidura, la Constitución de 1991 consagró este tipo de sanción por vulneración al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés por los congresistas.
A este respecto, las estadísticas elaboradas por la CEJ a partir de la información suministrada por la corporación judicial competente para investigar estas irregularidades, da cuenta que se presentaron 22 sentencias en única instancia por la violación al régimen de inhabilidades y 3 fallos en procesos de doble instancia por la inasistencia en un mismo periodo de sesiones a seis reuniones plenarias en las que se votaron proyectos de actos legislativos, de ley o mociones de censura, siendo las principales causas de pérdidas de investidura, que supone la llamada “muerte política” que implica la inhabilidad para volver a ser elegido.
Al igual que la Corte Suprema, el Consejo de Estado decidió las pérdidas de investidura en única instancia hasta el 2017. De esta manera, entre 1991 y 2017, se radicaron 571 solicitudes y se fallaron 395, decretando al menos 69 de estas, es decir, el 17.5%, y al menos el 20% de las solicitudes fueron rechazadas o inadmitidas.
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