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Publicado: Jueves, 05, Noviembre 2009 15:32
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Escrito por Elección visible - CEJ
Si la Corte elige o hubiera elegido de la terna, habría cumplido con el sentido literal de la norma constitucional, mas no con su espíritu, según se discute; mientras que el Gobierno estima que cumple con ambos dictados.
Dos son los temas que en la actualidad inquietan a la Corte Suprema de Justicia: La procedencia de la acción de tutela contra sentencias judiciales y la terna para Fiscal General de la Nación. Sobre el primero ha dicho que acudirá a cortes internacionales ante reciente decisión de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura con la que le tumba otra sentencia, y haciendo las veces suya, dicta nuevo fallo, constituyéndose en una amenaza para sus funciones constitucionales, no sólo porque otros órganos de la justicia prácticamente la ‘suplantan', sino porque supuestamente quedarían sin juzgamiento conductas punitivas relacionadas con la parapolítica, por lo que clama justicia; el segundo, por la ‘tosudez' del Presidente de la República en insistir en una terna para Fiscal sin que sus candidatos posean el perfil penalista que insistentemente pide el alto tribunal.
Hace muchos años (1992) la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 40 del Decreto 2591 de 1991 que permitía la tutela contra sentencias judiciales (sentencia C-543); no obstante dio luego una especie de ‘reversazo' indicando que sí era viable cuando las mismas vulneraran o amenazaran derechos fundamentales, lo que siempre ha alterado el ánimo de la justicia. Mientras el Constituyente no intervenga para solucionar normativamente el problema, que está en bastante mora de hacerlo, la polémica permanecerá indefinible e indefinidamente.
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