Monitoreo de medios

LA REELECCIÓN DEL PROCURADOR: EL RENOVADO ARREGLO CLIENTELISTA Y LA DEGRADACIÓN DE LA DEMOCRACIA

Por Armando Novoa García
Director Centro Estudios Constitucionales-Plural

En este artículo se examina el impacto de la reelección del procurador sobre el sistema político en Colombia, en el equilibrio de poderes y en la lucha contra la corrupción. Contrario a lo que sostienen sus defensores, tal como se ha adelantado el proceso ante el Senado de la República, la permanencia de Ordoñez en el cargo representaría una involución en los avances democráticos consagrados en la carta del 91, pues se han desconocido aspectos vertebrales como la separación de las ramas del poder, la transparencia y el carácter no partidista de los órganos de control.

Elección sin sorpresas

Desde fines de agosto pasado, cuando la Corte Suprema de Justicia postuló por unanimidad al procurador Ordoñez, y sin que se aún se conocieran los candidatos del Consejo de Estado y del Presidente, varios partidos de la mesa de unidad nacional le manifestaron su apoyo. Defensores y críticos de su gestión coincidieron en señalar que no habrá sorpresas: todos concluyeron que su reelección está asegurada a pesar de las recientes declaraciones de algunos partidos, sobre su momento de “reflexión”.

Los partidos y el apoyo al Procurador

La U fue la primera agrupación en respaldarlo. “Estoy muy satisfecho con la decisión del partido de gobierno” señaló Ordoñez. “Cambio Radical ya tomó una decisión y apoya la lucha anticorrupción que viene liderando el procurador”, dijo uno de sus congresistas. “Creemos que lo ha hecho bien y con responsabilidad”, agregó el senador Espíndola del PIN 1. “El Partido Conservador ratifica su apoyo decidido al señor procurador”, reiteró un comunicado de las directivas azules 2. En cuanto al Partido Liberal, uno de sus voceros dejó entrever el apoyo mayoritario de esa bancada a Ordoñez: “No podemos desconocer que ha luchado fuerte contra la corrupción. Incluso ha sancionado a más de 10 congresistas” 3. Y Alfonso Prada de los verdes, se fue por la misma línea: “Derrotar a un procurador, a un contralor o al presidente… en una reelección es casi imposible”4. Ordoñez aseguró así una mayoría anticipada de cerca de 70 senadores, antes que se conocieron los nombres de María Mercedes López y de Orlando Gallo, postulados por el Presidente y por el Consejo de Estado.

El Presidente Santos defendió también la postulación de Ordoñez: “tiene todo el derecho” a buscar la reelección “porque la Constitución se lo permite”, respondiendo a la avalancha de críticas por su demora en dar a conocer su candidata para integrar la terna.

¿Es transparente una elección de procurador sin competencia entre los candidatos?

Esta avalancha anticipada de respaldos llevó a varios medios a expresar sus reservas frente a la decisión de las bancadas. El común denominador de las críticas ha sido “el juego de favores” y la “falta de igualdad de condiciones” en la competencia. El diario El Tiempo tituló un editorial: “Ternas de uno” y explicó: “uno de los ternados asoma con una opción real, abrumadoramente superior a la de sus competidores”, que son “meros convidados de piedra”5. Algo similar concluyó El Espectador: “Deplorable que esta elección sea un asunto cuyo futuro sepamos de antemano con elecciones cantadas y ternas de uno”6. A estas críticas se suma el fuerte rechazo que genera en distintos sectores la reelección de Ordoñez por sus posturas contrarias al estado laico y las libertades individuales: aborto, adopción por parejas del mismo sexo, derechos de las comunidades LGTBI, y dosis personal, todos de gran relevancia como lo demostró la campaña presidencial en Estados Unidos. Agréguese que, en un hecho sin antecedentes, la Corte Constitucional obligó al procurador a rectificar por desconocer sus órdenes de protección de los derechos fundamentales, que es una de sus funciones principales del procurador.

Estas reacciones llevaron a que, en esta última semana, en un esfuerzo por restarle importancia a las críticas, la bancada conservadora se declarara “reflexiva” al tiempo que manifestó su complacencia porque “los tres candidatos…son figuras prestantes de la colectividad”7 .

Más allá del curso accidentado que ha tenido la aspiración reeleccionista del procurador, cabe preguntarse si se han respetado los principios constitucionales; y si este proceso contribuirá a fortalecer el equilibrio de poderes, los controles institucionales y la lucha contra la corrupción política.

La Constitución y la reelección en los órganos de control

Desde 1991 existe una Procuraduría General fortalecida. El constituyente la estableció como órgano de control independiente del ejecutivo y de los partidos. Mientras la constitución anterior señalaba que el procurador era elegido por la Cámara de Representantes de terna enviada por el presidente, y ejercía sus funciones “bajo la suprema dirección del gobierno”, en el ordenamiento actual se establece la intervención de las tres ramas del poder. Es el Senado quien elige de terna integrada por candidatos del Presidente, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Este cambio apuntó a limitar el excesivo poder presidencial y la falta de controles interinstitucionales efectivos.

Entre las funciones del procurador se encuentra la de controlar la conducta de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular. Esta facultad, utilizada intensamente, le ha permitido destituir e inhabilitar a 302 alcaldes y 29 gobernadores8. La procuraduría es pues portadora de un poder disciplinario de gran envergadura.

Para los funcionarios públicos: ¿lo que no está prohibido está permitido?

Ahora bien, la constitución establece que el procurador es elegido por un período de cuatro años, pero guarda silencio sobre la posibilidad de su reelección. Esa omisión ha conducido a una conclusión apresurada: como la constitución no lo prohíbe, el procurador está habilitado para buscarla y no tiene ninguna restricción para lograrlo.

Sin embargo, la postulación reeleccionista de este funcionario, como del defensor del pueblo, genera problemas de distinta naturaleza que ponen en duda la legalidad de su elección y ser inconvenientes para el sistema de contrapesos y controles. La ausencia de reglas que regulen este proceso afecta la competencia democrática, la igualdad de condicione y, de hecho, puede inhibir el control disciplinario o hacerlo selectivo.

En efecto,

• La reelección implica que el procurador-candidato ejecute una serie de conductas orientadas a lograr un propósito que la constitución ni la ley contemplan. El Código Único Disciplinario prohíbe que cualquier funcionario utilice su cargo para funciones no establecidas expresamente por la Constitución y la ley. Adelantar gestiones para lograr apoyo político de sus electores, prevalido de una investidura, es una conducta contraria al decoro y a la transparencia.

• Paradójicamente, esta situación puede derivar en impunidad en la lucha contra la corrupción. Conductas de este tipo son incompatible con el ejercicio de sus funciones constitucionales porque limitan la independencia del Ministerio Público, genera incentivos perversos de favorecimiento a sus electores y estimula una justicia disciplinaria selectiva en función de sus propios intereses.

• En tercer lugar, desconoce el principio constitucional según el cual los funcionarios del estado sólo pueden hacer lo que les está permitido por la Constitución y las leyes. Como señala la Corte Constitucional, este principio es una garantía que la sociedad civil tiene contra el abuso del poder por los servidores públicos. Quien detenta el poder necesita estar legitimado en sus actos y esto solo ocurre, dice la corte, cuando existe una autorización legal (C-337 de 1993).

• En cuarto lugar, como la constitución del 91 no es reeleccionista pues su texto original no contempló la reelección del presidente, de los magistrados de las cortes, del procurador, el defensor del pueblo o el contralor, no establece tampoco reglas para la competencia entre los distintos aspirantes y el procurador que pretende un segundo período. La constitución no señala un término para la postulación de los ternados, ni la duración de la campaña en igualdad de condiciones, ni, menos aún, los impedimentos para el funcionario-candidato que, de hecho, queda habilitado para utilizar el cargo en función de su aspiración. Prevalido de este vacío, el procurador Ordoñez anunció su deseo de postularse desde el mes de febrero de este año y desde ese momento inició su campaña, en una situación que genera una descomunal desventaja sobre sus competidores, desventaja que es mayor ante la falta de una ley que regule la materia. Así, si la elección fuera el próximo 27 de noviembre o, en el mejor de los casos, a mediados de diciembre, el procurador habría completado nueve meses de proselitismo, en tanto que sus competidores no habrán alcanzado un mes de campaña.

• En quinto lugar, es un hecho que la reforma que permitió la reelección presidencial incentivó la reelección de los dignatarios de los órganos de control, como ocurrió con el Procurador anterior Edgardo Maya, reelegido en el período 2005-2008, y con el Defensor del Pueblo, Volmar Pérez, que logró un segundo período en la Cámara de Representantes, no tanto por los resultados de su gestión, como por la habilidad burocrática para seducir a sus electores. Las críticas a la reelección de estos dos funcionarios fueron idénticas: desventaja en la competencia, decisión anticipada de las cámaras sin dar oportunidad a los otros candidatos de adelantar su campaña, y el inmenso poder burocrático que ostentaban para lograr su reelección.

Vistas así las cosas, es evidente que la reelección de este y de cualquier procurador solo es posible a partir de una interpretación laxa de la Constitución que, al no establecer unas reglas mínimas en la competencia electoral ante el Senado, genera unas ventajas insuperables para sus contrincantes. Los principios de transparencia, igualdad y acceso por méritos a los cargos públicos quedan relegados a un segundo plano. En esas condiciones, la aspiración reeleccionista debilita la estructura de los controles institucionales y crea incentivos perversos en el ejercicio de la función disciplinaria.

Órganos de control, justicia cooptada y repartición burocrática

Existen también razones, ya no de orden constitucional sino político, que indican que el Procurador muy posiblemente será reelegido no tanto por su méritos en la lucha contra la corrupción, sino porque esta decisión hace parte de un acuerdo de reparto del poder en la Mesa de Unidad Nacional. Según informan algunos medios, el acuerdo comprende la entrega de la Procuraduría General al Partido Conservador, tal como lo corroboran las declaraciones de algunos senadores de ese partido 9 .

Lo que más sorprende es que el acuerdo contó con el apoyo de las altas cortes, pues no de otra manera se puede interpretar que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado hubieran postulados candidatos de extracción conservadora. Esto significa que la decisión sobre quién debe ocupar el cargo no se determina por la probidad de los candidatos, ni sus méritos, sino por los acuerdos de repartición de los cargos públicos entre los partidos de la coalición de gobierno, con un nuevo ingrediente: el apoyo de las cortes que, para estos efectos, se convierten de facto en una dependencia judicial de convalidación de los acuerdos políticos entre el ejecutivo y el congreso.

Existe una fractura entre el establecimiento político y judicial que defiende a capa y espada el mantenimiento de sus privilegios como se evidenció con la elección de algunos magistrados de la Corte Suprema en el Consejo de la Judicatura y, en este caso, con la reelección del Procurador, y sectores representativos de la opinión pública, que perciben en ello una acción que lejos de contribuir a la renovación y las libertades reafirma la involución clientelista que compromete no solo al Ejecutivo, al Congreso y a los partidos de la coalición, sino también a las cortes, tal como lo demostró la fallida reforma a la justicia.

Al mirar todo este paisaje no puede uno menos que recordar uno de los libros de economía más destacado de este año, “Porqué fracasan las naciones” de James Robinson y Daron Acemoglu. Dicen los autores que las naciones fracasan, entre otras causas, por el predominio de instituciones “extractivas”, esto es, excluyentes y orientadas a la concentración del poder en una pequeña élite que actúa en su propio beneficio.

Es esto lo que parece estará ocurriendo con la próxima elección del procurador Ordoñez.

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[1]
El Tiempo, 18 septiembre de 2012, pág. 3.

[2] http://somosconservadores.org/pcc//frontend.php/Noticias/post?id=904

[3] http://www.lapatria.com/nacional/reeleccion-del-procurador-es-casi-un-hecho-18750

[4]http://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/11-2012-s%C3%AD-del-partido-verde-reelecci%C3%B3n-deprocurador.html

[5] El Tiempo, 17 de septiembre 2012

[6] El Espectador, 2 de septiembre de 2012

[7] http://somosconservadores.org/pcc//frontend.php/Noticias/post/id/909

[8]http://www.eluniversal.com.co/cartagena/politica/procuraduria-ha-suspendido-302-alcaldes-y-29-gobernadores-en-ano-y-medio-32195. 

[9] http://www.rcnradio.com/print/30389. “El país necesita tener todas las tendencias, hay Registrador liberal, Defensor liberal, Contralor liberal, los conservadores también existimos en este país y también votan en el Congreso”, dijo el senador Hernán Andrade luego que se completó la terna

 


 

La Corte era Suprema

EDITORIAL

Tal como el país se lo temía y como la mayoría de los comentaristas informados lo venían advirtiendo, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia acaba de consumar otra afrenta más en contra de la sindéresis que debiera caracterizar el ejercicio de sus funciones.

Dos vacantes en la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, las producidas por la dejación de los cargos de Jorge Castillo Rugeles y Francisco Escobar Henríquez han sido provistas por la Suprema con la elección por 16 votos exactos de sus expresidentes Francisco Ricaurte y Pedro Munar, quien ostenta el récord de haber ocupado esa dignidad por menor tiempo.

Ricaurte, uno de los más reconocidos impulsores de la fallida reforma a la Justicia y especial líder para obtener la prolongación del período de los magistrados de las altas cortes de 8 a 12 años, afortunadamente hundida, ha terminado ganando 8 años más de la administración de justicia para su servicio y el de su círculo de amistades, tan estrecho como excluyente.

La designación de Ricaurte contó con la honrosa y enhiesta oposición del magistrado barranquillero Jesús Vall de Ruten y de sus colegas Arturo Solarte y María del Rosario González, a quienes no les parece decente –como al resto del país– que la Corte Suprema de Justicia se haya convertido en un carrusel de favores mutuos en el que una camarilla se turna a su discreción los altos cargos de las Cortes y dispone a su antojo sobre los de sus subalternos.

La Corte Suprema ha llegado a un estado tal de cosas inmorales, que cada vez se parece más al Congreso de la República que en 1991 hizo necesaria la Constituyente y su revocatoria inmediata. Prebendas, negociaciones de extensión de períodos, carruseles de favores, agencia de empleos para sus familiares y opacidad absoluta en sus decisiones administrativas, es parte, pero no todo, del despeñadero moral en que esta generación de ‘magistrados’ ha sumido a la que alguna vez fue el faro moral de la República.

Un país como Colombia, tan urgido no solo de una justicia pronta y eficaz, sino sobre todo respetable y respetada, no puede darse el lujo de tener por fuera de su Corte Suprema de Justicia a sus mejores juristas. La Suprema, antes que nada, debe ser un ejemplo a seguir, no solo jurídico, sino moral.

El sistema de elección de magistrados de las altas Cortes ha derivado en un perverso club que patrocina la mediocridad de las roscas que a mala hora se entronizaron en esas dignidades. Es apenas justificable y perfectamente humano que las gentes buscan a sus pares y en tal sentido los mediocres buscan rodearse de tales para no terminar opacados o desplazados.

¿Alguien se imagina al inmolado Alfonso Reyes Echandía, o a Antonio Rocha Alvira, a Ciro Angarita, a don José María Esguerra, o a la sacrificada Fanny González, haciéndoles antesala a Francisco Ricaurte, a Pedro Munar o a Jezael Giraldo en el Consejo Superior de la Judicatura para que los incluyeran en la lista de aspirantes a magistrados de la Corte o a la de consejeros de Estado? ¿Y después haciéndoles agasajos a Ariel Salazar, a Camilo Tarquino o a Leonidas Bustos para que se ‘dignen’ votar por ellos?

La sola idea resulta ofensiva por las evidentes diferencias en la talla jurídica de aquellos próceres con las de quienes hoy detentan las sillas que alguna vez fueron de ellos. La realidad obvia es que, hoy, ninguno de aquellos grandes magistrados podría llegar a serlo.

Como no lo van a ser nunca quienes heredaron esas antorchas y hoy son considerados en la Suprema como incómodos juristas que, además, ¡horror de los horrores! , se atreven a criticar la escasa jurisprudencia que allí producen.

La elección de Ricaurte y Munar no es un hecho extraordinario. Todo lo contrario: es la simple confirmación de la necesidad que tiene el país de embarcarse en una severa y urgente reforma judicial –con revocatoria y Constituyente, incluso– que establezca un severo régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los magistrados de las altas Cortes, que les quite toda función electoral y que los reduzca a lo que deben ser: el más alto tribunal de la justicia nacional, a ver si la Corte vuelve a ser como cuando era Suprema, que producía jurisprudencia, no escándalos.  

Fuente: El Heraldo

Congreso elige a Wilson Ruiz como nuevo magistrado de la Judicatura

El Congreso en pleno eligió hoy a Wilson Ruiz Orejuela como nuevo magistrado de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

En esta elección, Ruiz venció a Sonia Patricia Téllez Beltrán (47 votos) y a Luis Manuel Neira Beltrán, quienes completaban la terna de la cual debía salir el remplazó de Jorge Otálora, quien fue designado Defensor del Pueblo.

El nuevo magistrado de la Judicatura, que logró 174 votos, dijo que “acepto la designación que hizo el Congreso en pleno”, y se comprometió a trabajar por la transparencia de la corporación. 

Nota en video www.cmi.com.co/?n=92844

 

LOS MAGISTRADOS SE SALIERON CON LA SUYA

Por: Elisabeth Ungar Bleier

Entre los lamentables episodios que aceleraron la caída de la fallida reforma a la justicia están las acusaciones por los presuntos acuerdos entre congresistas y miembros de las altas cortes para aumentar los períodos de estos últimos, a cambio de beneficios judiciales para los primeros.

Apenas unos meses después de su aparatoso derrumbe, se confirma que algunos de los protagonistas se salieron con la suya. Ante el fracaso del ardid, idearon otra salida que comenzó a dar frutos. La primera cosecha es la elección el pasado martes de dos exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia como consejeros de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Con esto, el carrusel de magistrados entre las altas cortes, para obtener beneficios personales, comenzó a girar a altas velocidades. El objetivo que no alcanzó la reforma a la justicia, que era extender el período de los magistrados a diez y seis años, se logró por otros medios. No se trata de cuestionar las calidades de los afortunados elegidos, sino el origen de su elección. Porque si bien estos procedimientos son legales, su legitimidad sí arroja dudas. En este caso, el funcionamiento mismo del sistema judicial puede ser una fuente de impunidad.

Es importante recordar que uno de los miembros de la Judicatura es elegido por la Corte Constitucional, tres por el Consejo de Estado y uno por la Corte Suprema, y que los miembros de esta última son elegidos por la misma corporación de listas enviadas por la Sala Administrativa de la Judicatura. Por eso no sería de extrañar que próximamente la Suprema elija a un exmiembro del Consejo Superior.

Estas movidas constituyen un claro ejemplo de la puerta giratoria, práctica que ha sido identificada como una de las causas de la corrupción y también de la impunidad, estrechamente relacionada con la primera. Aquella no se circunscribe a infringir las normas, a no aplicar la ley, a no sancionar debidamente a los que la violan o a no responder por los delitos. Sus implicaciones trascienden el ámbito legal. Estas son mucho más profundas porque resquebrajan el contrato y las normas sociales y debilitan la confianza de los ciudadanos en sus instituciones.

Como lo señalara Rigoberta Menchú, premio Nobel de Paz, “la impunidad es el cáncer que constituye la base y el sustento de la corrupción” (http://transparency.org/whatwedo/pub/global_corruoption_report_2001). Es decir, que la impunidad social y política (y en el caso que nos ocupa la impunidad judicial y en la justicia), es lo que permite que las personas no deban responder social y políticamente por sus acciones.

En muchos países, y Colombia no es la excepción, la opinión pública percibe que las instituciones encargadas de prevenir y sancionar la impunidad son corruptas. Frases populares como “salirse con la suya”, “hacerle el quite a la ley”, o “yo te elijo, tú me eliges; yo te juzgo, tú me juzgas”, reflejan este sentimiento.