Lograr este equilibrio es una tarea compleja, principalmente es un cambio que lleva tiempo para consolidarse, pues implica una profunda metamorfosis cultural en los funcionarios y en la sociedad. A ello se suma, que su éxito no sólo depende de causas intrínsecas donde habrá que hacer los ajustes necesarios, sino de causas externas que determinan su funcionamiento y que hay que identificar adecuadamente para conseguir mayores logros sin señalar culpables errados.

A propósito del reciente informe que la Unión Europea entregó al Ministerio del Interior y de Justicia, texto que no se conoce públicamente, salvo algunas referencias que se han hecho en el diario El Tiempo, cabe hacer las siguientes reflexiones:

Nunca se conoció este informe en la Comisión Constitucional de Seguimiento a la Reforma Procesal Penal, en la cual tiene asiento el Ministro de Interior y de Justicia, al igual que el Fiscal General, el Procurador, miembros del Congreso, miembros de la academia, Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Defensor del Pueblo y el Presidente del Consejo Superior de la Judicatura. Es decir, esta Comisión es el órgano natural y constitucionalmente dispuesto para debatir la problemática transversal del sistema y donde, como válidamente lo afirma Gloria María Borrero, directora de la Corporación Excelencia en la Justicia, aunque poco asiste el Ministro, se vienen tomando las decisiones y correctivos necesarios para contrarrestar las dificultades que se presentan en el funcionamiento del sistema.

Ciertamente, existe una problemática de congestión que se traduciría en impunidad si no se soluciona a tiempo y correctamente, sin embargo, no puede decirse como afirmó a algunos medios el Presidente de Asonal, Fabio Hernández, que “La estructura del Sistema Penal Acusatorio tiene falencias en las investigaciones. Un fiscal cuenta en este momento con 300 casos y un solo funcionario de policía judicial para adelantar las indagaciones”.

El sistema presenta problemas en la investigación, pero es necesario definir qué obedece a dificultades de estructura, qué es originado por otro tipo de deficiencias y qué son afirmaciones simplemente alarmantes como el hecho que existan 300 casos por fiscal. A manera de ejemplo, en otros países de América Latina, con reformas hacia un sistema acusatorio más o menos exitosas que la colombiana, se manejan promedios de casos por fiscal muy superiores.

En Costa Rica se trabaja una carga de 441,3 casos por fiscal, Chile 759, Ecuador 378, Nicaragua 487.5 o Venezuela 410,2 (Ceja), aun cuando la falta de operadores es evidente, principalmente, de policía judicial, la verdadera solución no esta en aumentar el número de fiscales o policía judicial ad infinitum, el recurso humano siempre será más escaso que la demanda de justicia, la solución está en un diseño institucional adecuado que permita maximizar los recursos y utilizar economías de escala.

Es de aclarar que el principal cuello de botella lo vive el sistema en la etapa de indagación e investigación no porque el sistema estructuralmente no le brinde a la policía judicial o al fiscal las herramientas que necesitan, todo lo contrario, la reforma acusatoria ha permitido que el fiscal se especialice en su función investigativa, le ha dado a este y a la policía judicial mayores y mejores herramientas y facultades. La congestión en esta etapa obedece principalmente a dificultades que se presentan al interior de las instituciones que ejercen la función de policía judicial, como falta de personal y recursos económicos. Problemas que deben ser solucionados de la manera más eficiente, sin embargo, los esfuerzos en este sentido también son evidentes, a manera de ejemplo, para este año la Policía Nacional ha destinado diez mil hombres más para cumplir con la labor de Policía Judicial, se han realizado acuerdos con CTI y DAS para no duplicar esfuerzos, se realiza permanente capacitación y otras acciones para lograr la eficiencia requerida.

Por otro lado, en esta etapa se requiere una mejor utilización de las salidas alternativas en momentos tempranos del proceso. Los preacuerdos y negociaciones, el principio de oportunidad y demás salidas alternativas o decisiones discrecionales, son herramientas que concibe el nuevo sistema para lograr mayores resultados en menor tiempo y con el respeto de los derechos e intereses de las víctimas, el problema es que se les ha tenido miedo. Los funcionarios no utilizan estas herramientas en la medida que sería deseable y las interpretaciones jurisprudenciales han sido tendientes a recortar sus alcances antes que a delinearlas correctamente, en un esfuerzo por controlar la discrecionalidad.

Se deben entonces desarrollar directivas al interior de las instituciones, capacitar a los funcionarios y en general desarrollar un sistema correcto de incentivos, todo en el marco de la política criminal del Estado para fomentar el uso de las salidas alternativas y decisiones discrecionales.

A propósito de la política criminal del Estado, estamos en mora de que se defina de manera coherente en el país, esta fue una exigencia del sistema, porque muchas de sus instituciones dependen de la existencia de éstos lineamientos.

Es hora que exista un Consejo Superior de Política Criminal de primer nivel que defina y oriente la política de la Nación en esta materia, como existe en asuntos de política económica o internacional, presidido por el Presidente de la República, integrado por el Fiscal General y demás representantes de instituciones relacionadas, con una unidad técnica asesora que le brinde los soportes empíricos necesarios para la toma de decisiones.

Si bien el problema de congestión existe y es grave, no podemos prender irresponsablemente alarmas. El informe no es conocido públicamente por tanto es difícil conocer su fundamentación metodológica, lo desagregado de sus indicadores y lo confiable de su análisis.

En el diario El Tiempo afirma que la cifra de siete por ciento sale de “sumar los 62.737 homicidios que hubo en el país desde el primero de enero del 2005 hasta mayo del 2008 y confrontarla con los 1.699 casos que terminaron con condenas en el mismo lapso.” Es de aclarar que es deseable en este modelo que un menor número de casos lleguen a juicio, se sigue un proceso de depuración y se brindan incentivos para que precisamente el sistema pueda concentrarse en aquello que requiere realmente ser debatido en un juicio oral, público y contradictorio. Por ello, la mayoría de los casos se solucionan a través de aceptaciones de cargo, preacuerdos u otras alternativas. Precisamente, un significativo número de condenas se obtienen por aceptaciones de cargo.

Cabe decir igualmente, que hay que analizar los resultados del proceso penal colombiano con los estándares de lo realizable, a manera de ejemplo, en el sistema norteamericano la cifra negra que se reporta es del 63 por ciento, es decir sólo se conoce un 37 por ciento de los delitos que ocurren, de estos, la policía sólo logra realizar arrestos en el 20 por ciento de los casos y aproximadamente la mitad, es decir el 10 por ciento de los casos, los arrestos son rechazados, de los restantes, la mayoría resulta con condena a través de aceptaciones de cargo o negociaciones (Walker, 1993).

Por otro lado, se requiere educar a la sociedad para entender el actual régimen de libertad del sistema acusatorio. Es necesario comprender que por el hecho que una persona quede en libertad durante el proceso, no necesariamente implica que no será procesado y condenado, simplemente que para efectos del proceso particular no se requiere.

En todo caso, muy distinto es que el juez determine que una medida no es procedente porque la captura haya sido ilegal o no se haya llevado el procedimiento en debida forma. El problema en este caso no es el sistema, no es que exista exceso de garantísmo, es que el juez no puede validar una actuación que no se ha llevado acabo legalmente, se debe entonces capacitar mejor a los funcionarios para que errores no ocurran y encontrar las medidas institucionales para sancionar aquellos que deliberadamente actúan de forma indebida afectando el buen curso del proceso penal y las garantías del procesado, que son garantías de toda la sociedad.

No puede premiarse al funcionario que no actúe de acuerdo con la ley, precisamente la transparencia de este sistema permite apreciar mejor las falencias y criticarlas. Esto no era posible en el sistema anterior, pero debemos saber qué criticar, si la falla esta en el policía judicial, en el juez, en el fiscal o el defensor, hay que hacerlo visible, pero de nada nos sirve decir que todo es culpa del sistema. A través de la transparencia del sistema penal las instituciones involucradas nos rinden cuentas en cada audiencia que se realiza públicamente en el país, hay que aprovechar esa ventaja, ser vigilantes del correcto funcionamiento de la administración de justicia. Así mismo, es importante que información de calidad y desagregada esté disponible para que sociedad civil y las universidades puedan evaluarla.

A parte de lo anterior, son innegables los logros en materia de reducción de tiempos de duración de los procesos que oscilan en diferencias entre 80 por ciento y porcentajes superiores al 100 por ciento. El éxito en casos de crimen organizado es igualmente reconocido internacionalmente, otros países nos observan y como terceros imparciales reconocen que tenemos un sistema que a pesar de sus dificultades constituye un modelo a seguir en la lucha eficiente contra el crimen organizado.

En materia de flagrancia las cifras evidencian resultados importantes, principalmente por vías de soluciones alternas. En este sentido, el principal cuello de botella esta en la criminalidad ordinaria que representa retos investigativos, por tanto es necesario introducir los correctivos que ya se han comentado y capacitar de forma especializada a los cuerpos de investigación, entre otras medidas.

Finalmente, es necesario que las instituciones operadoras se sienten a discutir con el gobierno el presupuesto que requiere la justicia, es que es este el verdadero encargado de definir los recursos económicos de cada sector y cada institución, el responsable político de esta tarea. Por ello, retomo la idea del Consejo Superior de Política criminal, sería este el escenario idóneo donde se definirían las metas político criminales aparejadas con las estrategias de implementación y la definición presupuestal.

Para ello, el Presidente de la República y el Fiscal deben trabajar en equipo y valdría la pena retomar la idea de que la Fiscalía General de la Nación pertenezca a la rama ejecutiva, asegurando la independencia que requiere pero en un marco institucional propicio para que la política criminal del país sea asunto de primer orden.

En conclusión, la sociedad colombiana no puede privarse de un sistema que respeta las garantías fundamentales simplemente porque nos quedó grande aplicarlo en debida forma. Es necesario superar los retos que se presentan y que es inclusive normal que se presenten, ante una transformación tan profunda como a la que le apostó el país.