EN UNO de los puntos del proyecto de ley de descongestión a la justicia, presentado el martes pasado por el ministro del interior y justicia Fabio Valencia Cossio al Congreso, se destaca el pago de indemnizaciones por parte del Estado por vía administrativa a los demandantes que vean amenazados sus derechos fundamentales.

De esta manera, el Gobierno quiere evitar innumerables demandas por vía judicial que le cuestan al Estado millonarias condenas y así descongestionar la justicia de lo contencioso administrativo, donde un proceso puede demorar hasta 10 años para fallarse.

Este punto dice que “se propone la obligatoriedad para las entidades públicas de someter sus decisiones gubernativas a la jurisprudencia reiterada de las altas cortes. Es decir, se trata de evitar el litigio del propio Estado en contra de la jurisprudencia nacional”.

Según fuentes jurídicas consultadas por EL NUEVO SIGLO, este tema resalta que cuando la justicia ha reiterado diferentes condenas contra el Estado en un mismo tema, como por ejemplo, sentencias que obligan a la Policía reconocer la pensión de un miembro retirado, no se tenga que recurrir de nuevo al Tribunal de lo Contencioso Administrativo para el pago de esta obligación, sino que utilizando la jurisprudencia de la Corte se realice el reconocimiento por vía gubernativa o administrativa.

Como le contó a este Diario el viceministro de justicia Gilberto Orozco, la iniciativa busca la descongestión judicial en materia de seguridad social, donde sólo actualmente hay 60 mil procesos sin resolver de demandas por no reconocimiento de pensiones contra el Instituto de Seguros Sociales y Cajanal.

“La idea es que el propio Estado no congestione el aparato judicial oponiéndose a demandas que de antemano se sabe cómo van a ser resueltas, en la medida que ya la jurisprudencia tiene decantados los criterios, particularmente en materia de seguridad social. Sabemos que hay un elevadísimo número de procesos que se siguen contra el Seguro Social y contra la Caja Nacional de Previsión que deben según jurisprudencia terminar a favor de los demandantes, como por ejemplo, en reconocimiento de pensiones.

Entonces estas entidades contestaban las demandas y de concurrir a los servicios hasta cuando estos culminaban con sentencia”, señaló el Viceministro, quien afirmó que lo que se busca también es acabar con la negativa sistemática de estas entidades en la prestación de sus obligaciones con los usuarios como acontece actualmente.

Asimismo, Orozco aseguró que los funcionarios de las entidades estatales prefieren esperar una orden judicial para cumplir con las exigencias de los usuarios, antes que decidir positivamente las peticiones, con el propósito de salvaguardar una aparente responsabilidad administrativa.

Con esta propuesta el Estado también se ahorraría grandes sumas de dinero, por cuenta de las actualizaciones del peso colombiano que hay que hacer del monto inicial de la demanda al momento de la condena.

Sin embargo este aparte de la ley de descongestión judicial es aplicable a cualquier demanda contra el Estado, ya se trate de indemnizaciones, reconocimiento de culpa, responsabilidades en lesiones o muertes de particulares, entre otras.

Al interior del Consejo de Estado, que es el órgano de cierre en procesos administrativos, esta propuesta causó buena acogida, por cuanto descongestionaría considerablemente los procesos y demandas en juzgados, tribunales administrativos y el propio Consejo de Estado, pues se tendría que conciliar o reconocer las peticiones de los accionantes antes de acudir a la vía judicial cuando ha habido reiteraciones.

Cabe recordar que es la Sección Tercera del alto Consejo la que ha presentado la mayor congestión en cuanto a procesos que buscan condenar al Estado, y se ha buscado alternativas que medien para descongestionar, como por ejemplo, la creación de subsecciones al interior de ésta.

El Nuevo Siglo / 21 de noviembre de 2008