Monitoreo de medios

Corte Constitucional pide un mínimo de responsabilidad en el ejercicio de la acción de inconstitucionalidad

El llamado de atención lo hace luego de estudiar una demanda presentada en contra de un aparte de la ley que regula la instalación y puesta en marcha de los medios de detección electrónica de infracciones de tránsito. La Corte identificó que el accionante del proceso D-12519 copió y pegó apartes completos del auto admisorio del expediente D-12329 con el fin de hacerlos ver como propios en la nueva demanda, sin presentar ningún tipo de argumentación adicional. 

Para la Sala Plena, la acción de inconstitucionalidad presenta una marcada relevancia, pues se constituye en la herramienta por medio de la cual se garantiza a los ciudadanos la posibilidad de atacar las normas que contraríen o desconozcan la Constitución Política. Por tal razón, rechaza toda actuación desleal en la presentación de la acción y que no se tengan en cuenta aspectos éticos y de autoría. “La cita sin comillas por lo demás desdice de la tesitura ética de quienes firman el escrito de demanda, pues, el tomar textos ajenos y ponerlos como propios en un documento que se rubrica como de autoría propia, permite llegar a la conclusión de que quien acude a semejante forma de argumentar, carece de razones propias”.


La Corte también identificó que algunas demandas de inconstitucionalidad presentadas ante el Tribunal obedecen a exigencias académicas de profesores de facultades de derecho. Ese ejercicio, cuando no se hace con rigor “(…) trastoca toda la bondad pedagógica que la misma entraña, cuando además se exige el traerlo hasta los estrados de este Tribunal, el cual debe ocuparse con el mismo rigor de las demandas con cargos claros, ciertos, pertinentes, y suficientes y de aquellas que son apenas un divertimento, un ensayo o un deber escolar de menor trascendencia sin la más mínima pretensión de ejercer un derecho político”.


En la sentencia, la Sala Plena de la Corte expuso cifras sobre las acciones de inconstitucionalidad y de tutela que son tramitadas en el Tribunal. Cada año ingresan cerca de 700 demandas de inconstitucionalidad, y aproximadamente 600 mil tutelas son radicadas al año. Resaltó que “con ocasión del control previo y automático que demandó la implementación del Acuerdo para la Terminación del Conflicto con las FARC se estudiaron más de 800 normas, lo cual inclusive obligó a la suspensión de procesos ordinarios y la incorporación de empleados de descongestión para esos efectos”.


La Corte recordó que toda acción de inconstitucionalidad debe cumplir con los parámetros especiales de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia.
El asunto estudiado en la acción de inconstitucionalidad que derivó en el pronunciamiento no fue analizado a fondo, porque, así inicialmente haya generado una duda que permitió su admisión, lo que implicó disponer la solicitud de intervenciones, cuando se procedió a ingresar al fondo del asunto “se estableció que no más que una copia fiel de un auto admisorio de otra demanda, sin ningún tipo de fundamentación”.

Fuente:

Corte Constitucional - http://www.corteconstitucional.gov.co/noticia.php?Corte-Constitucional-pide-un-minimo-de-responsabilidad-en-el-ejercicio-de-la-accion-de-inconstitucionalidad.-8664

Meritocracia y transparencia deben fortalecerse en la recta final de elección del nuevo Contralor

  • El Contralor General de la Nación vigila la gestión de recursos públicos, por esto su labor es crucial en temas de lucha anticorrupción.
  • El cambio introducido por el Acto Legislativo 02 de 2015 en la elección del Contralor invita a un proceso de selección que garantice la independencia, la publicidad, la transparencia, la participación ciudadana, la equidad de género y la elección por méritos. El proceso ha enfrentado debilidades en muchos de estos criterios.
  • En la recta final de este proceso es imprescindible que el Congreso de la República reafirme estos principios y que la meritocracia sea efectiva.

 Bogotá D.C., agosto 15 de 2018

De acuerdo con el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia, “la vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales”. Es decir, no solo la gestión sino también la eficiencia en el uso de los dineros públicos. Ante la alta sensibilidad que esta tarea genera, Colombia requiere que quien lidere la Contraloría General de la República sea independiente, calificado, sin tacha, y que más allá de los impedimentos legales pueda ejercer una labor de fiscalización autónoma dada su probidad.

La Ley 1904[1] de 2018 estipuló unos criterios para su proceso que incluye la publicidad, la transparencia, participación ciudadana y la meritocracia. Sin embargo los plazos de convocatoria fueron justos y apenas se dedicaron dos días para la inscripción con un aviso previo de menos de un día hábil. La participación ciudadana invocada no ha sido promovida de manera directa, y la meritocracia se ha limitado hasta el momento a una evaluación de factores de ponderación (hoja de vida) y de conocimientos que no es vinculante a la hora de la elección final. Desde Elección Visible reiteramos que la publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y meritocracia son criterios que deben asumirse con mayor seriedad. La actual experiencia de elección del Contralor General de la República debe servir para introducir los correctivos necesarios en este y otros procesos de elección de altos dignatarios del Estado.

En la recta final del proceso de elección del Contralor General de la República, reiteramos la  necesidad de que no existan dudas respecto al comportamiento anterior de quien resulte elegido, se haga un análisis completo de inhabilidades, se tenga en cuenta a todos los candidatos que han llegado en este proceso de selección, y se fortalezca el carácter independiente que requiere esta elección. Para contribuir a este propósito, reiteramos el llamado a que los candidatos finalistas hagan públicas sus declaraciones de renta, de bienes y patrimonio y de conflictos de intereses que tendrían en el ejercicio del cargo, así como información que contribuya a generar mayor transparencia en el proceso.

Igualmente consideramos que los criterios de mérito deben asumirse de manera mucho más rigurosa y comprometida por parte del Congreso de la República, por lo cual hacemos un llamado a los congresistas a que la decisión que tomen el próximo 20 de agosto esté fundamentada en el conocimiento, trayectoria y capacidad de los candidatos, por encima de consideraciones políticas, tal como lo espera la ciudadanía.

Corte Suprema devuelve terna de Fiscal General

Autor : Nancy Torres

La Corte Suprema de Justicia rechazó y devolvió la terna que el Presidente de la República, Álvaro Uribe, había designado para elegir al nuevo Fiscal General de la Nación.

Durante cuatro horas, la Sala Plena de ese Tribunal discutió la pertinencia de comenzar a votar una terna que ha sido cuestionada.

Voces a favor y en contra del tema se escucharon, pero al final se impuso la mayoría que determinó no votar por ninguno de los tres candidatos: Virginia Uribe, Camilo Ospina y Juan Ángel Palacio.

Según el Presidente de la Corporación, Augusto Ibáñez, la terna no es viable porque no cumple con los requisitos de idoneidad que se requieren.

"La Corte analizó sobre lo que debe ser el fiscal general, sus calidades y cualidades y encuentra que la terna no es viable para entrar a votarla", indicó el magistrado.

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Elección Visible calificó de 'agridulce' elección de Diana Fajardo

Piden que no haya intervención del Gobierno en elección de magistrados.

En un comunicado emitido por Elección Visible, la corporación lamentó diferentes situaciones que se presentaron durante el reciente proceso de elección para magistrado de la Corte Constitucional en el que salió elegida Diana Fajardo, quien se posesionará este martes en el cargo en el alto tribunal.

En el documento que calificó dicho proceso como una "elección agridulce", se describen las situaciones que empañaron la transparencia de la elección.

La corporación critica la excesiva intervención del Gobierno en el proceso, las declaraciones del Senado frente a la importancia de elegir a Fajardo para darle soporte en la Corte al proceso de paz y la supuesta violación al voto secreto que se presentó durante la votación.

"Si bien en la elección de los magistrados de la Corte Constitucional interviene un órgano de naturaleza política, como lo es el Senado de la República, y que la ideología de los candidatos es uno de los criterios que se tiene en cuenta en la elección, no todas las prácticas políticas son éticamente aceptables", se lee en el comunicado.

Además, hace énfasis en que los candidatos que llegan a ocupar los cargos de magistrados deben gozar de total independencia sin ningún vicio de gratitud con sus nominadores o electores. "Esperar lealtades o calificar traiciones no solo contradice la Constitución, sino que también resulta ingenuo tratándose de servidores públicos que cuentan con un periodo institucional".

Dice también que esa intervención del Ejecutivo le generó un enorme daño a la magistrada porque creó un manto de duda sobre su independencia, por lo que hizo un llamado para que nunca más se vuelvan a presentar esas situaciones en particular en el proceso de elección que está pendiente que corresponde a la vacante de Jorge Iván Palacio.

"Las afirmaciones del Senador Armando Benedetti sobre la necesidad de elegir a una
candidata en particular para evitar que las FARC se levantara de la mesa derivó en que en las redes sociales se calificara a esta persona como la "candidata de las FARC", lo cual afecta enormemente y sin justificación tanto a la nueva magistrada como a la Corte Constitucional a la que se integra", se lee en el comunicado.

Por otra parte, Elección Visible resalta que aunque la terna de la Corte Suprema se demoró seis meses los candidatos son abogados "de las mejores calidades", y además se establecieron prácticas de transparencia como la publicación de las hojas de vida y la transmisión de las audiencias en las que fueron entrevistados los ternados.

JUSTICIA

Fuente: http://www.eltiempo.com/justicia/cortes/eleccion-visible-califico-de-agridulce-eleccion-de-diana-fajard-96128