Comunicados y pronunciamientos

Reporte de la evolución de la Elección de magistrados de la Sala de Instrucción y la Sala de Primera Instancia

Reporte de la evolución de la Elección de magistrados de la Sala de Instrucción y la Sala de Primera Instancia

  1. El proceso para elegir los magistrados de las nuevas salas de Instrucción y de Juzgamiento se llevó con normalidad en la etapa presidida por el Consejo Superior de la Judicatura. En todo caso se anota que a pesar de no haberse publicado las hojas de vida de los aspirantes a estos cargos, se publicaron sus nombres y se cumplió con el cronograma propuesto en el acuerdo de convocatoria.
  1. En lo que hace de la etapa desarrollada por la Corte Suprema de Justicia, el proceso ha tenido dos problemas principales: primero, las audiencias a los candidatos elegibles fueron poco difundidas, lo que generó una barrera de acceso a la veeduría sobre este proceso; segundo, aunque la lista de candidatos elegibles fue enviada a la Corte Suprema de Justicia en mayo de este año, estando en el mes de octubre, aún faltan por elegir dos magistrados de la Sala Especial de Instrucción, que debe estar compuesta por seis magistrados.
  1. Teniendo en cuenta este balance y reconociendo los avances, se recomienda propender por publicar las hojas de vida de los aspirantes, avanzar hacia la realización de entrevistas que permitan que la ciudadanía realmente conozca las capacidades de quienes van a ser elegidos y, por último, la celeridad en los procesos de elección que lleve a cabo la Corte Suprema de Justicia.

Carta al Presidente de la Corte Suprema de Justicia - Celeridad del proceso de designación de las magistraturas pendientes de la Sala Especial de Instrucción

Bogotá, 22 de octubre de 2018

Doctor JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Presidente Corte Suprema de Justicia

Ciudad

 

Respetado doctor Barceló: La Corporación Excelencia en la Justicia, en su calidad de vocera de la coalición Elección Visible, desea por su digno conducto solicitarle respetuosamente a ese Alto Tribunal, la imperiosa necesidad que se acelere el proceso de designación de las magistraturas pendientes de definir que corresponden a la Sala Especial de Instrucción, llamada por cierto a cumplir una importante misión institucional frente al juzgamiento de aforados.

Entendemos las dificultades que pueden existir para la toma de decisiones por mayoría calificada en un órgano colegiado, sin embargo, consideramos que teniendo en cuenta que han pasado varios meses desde que la Corte Suprema recibió la lista de candidatos elegibles por parte del Consejo Superior de la Judicatura, se impone que se finiquite cuanto antes dicha misión, mucho más cuando muy próximamente la corporación se verá avocada también a tener que proveer vacantes que se originaran en la salas penal y laboral.

Es de anotar que la ciudadanía exige procesos de elección no solo transparentes sino igualmente céleres, bajo este último parámetro, minimizando retrasos y evaluando la necesidad de adoptar ajustes internos a los mecanismos de votación u otras medidas que en el marco de su autonomía consideren que pueden aportar a la oportunidad en el cumplimiento de esta función de elección.

Atento a sus observaciones y reiterándole que nuestro interés no es otro distinto que contribuir desde la sociedad civil en el fortalecimiento de la justicia, cuyo rumbo depende en buena medida de la actividad y decisiones que se toman en las altas corporaciones como la que usted representa.

 

Cordial saludo,

HERNANDO HERRERA MERCADO

Vocero de Elección Visible y Director Corporación Excelencia en la Justicia

Recomendaciones para la conformación de las nueve (9) listas de elegibles por parte del Consejo Superior de la Judicatura

Magistrados de las Salas Especiales de la Corte Suprema de Justicia

Recomendaciones para la conformación de las nueve (9) listas de elegibles por parte del Consejo Superior de la Judicatura

05 de marzo de 2018

El 11 de febrero de 2018, el Consejo Superior de la Judicatura hizo pública la convocatoria para ocupar los 9 cargos de magistrado de las Salas Especiales de la Corte Suprema de Justicia, seis (6) para la Sala de Instrucción y tres (3) para la de Juzgamiento de Primera Instancia, creadas por el Acto Legislativo 1 de 2018.

Por lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura difundió la convocatoria e invitó a todos los interesados a participar de la misma, ha publicado el cronograma, estableció un lapso para hacer observaciones y un tiempo amplio para realizar las entrevistas en audiencia pública, en consonancia con lo que establece la Constitución Política y los Acuerdos propios del Consejo Superior de la Judicatura, favoreciendo la transparencia de la elección.

Celebramos la iniciativa de la magistrada Diana Alexandra Remolina Botía por anunciar que “no recibirá candidatos ni tendrá ninguna comunicación individual con los mismos durante el proceso de integración de las listas para las Salas Especiales de la Corte Suprema de Justicia” e indicar que “todos los preseleccionados tendrán la oportunidad de entrevistarse con el Consejo Superior de la Judicatura” de acuerdo a lo previsto en la convocatoria. Invitamos a los demás magistrados a que adopten medidas similares para garantizar la imparcialidad, la objetividad y la independencia a la hora de conformar las listas y evitar el cabildeo clandestino, garantizando la transparencia en todas las actuaciones.

Debido a la importancia que reviste la elección de estos nuevos magistrados, la coalición ELLECCIÓN VISIBLE[1] ha decidido realizar el seguimiento al proceso de integración de las listas de elegibles por parte del Consejo Superior de la Judicatura y su elección por parte de la Corte Suprema de Justicia.

Por lo anterior, nos permitimos hacer las siguientes recomendaciones con el fin de contribuir a la mejor conformación de las listas por parte del Consejo Superior de la Judicatura que, de acuerdo a lo anunciado, las publicará a partir del 9 de mayo de 2018:

Restricción de intercambios entre los candidatos y los magistrados o los miembros de sus despachos a espacios formales y equitativos

Todos los candidatos deben contar con las mismas oportunidades para interactuar con los magistrados por lo que iniciativas como la de la magistrada Remolina Botía pueden contribuir a dicho propósito.

Los magistrados deben evitar los intercambios con terceros que busquen influir en la conformación de las listas

Se debe evitar que terceros, sean personas naturales o jurídicas, intercedan por alguno de los candidatos ante cualquiera de los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura. La conformación de las listas debe basarse únicamente en su hoja de vida, en las evaluaciones de servicio cuando provienen de la Rama Judicial, en los resultados de la entrevista en audiencia pública o en cualquier otro espacio que se habilite de intercambio con todos los candidatos junto con la información pública a la que hacen alusión los Acuerdos del Consejo Superior de la Judicatura.

Debe hacerse una agrupación inicial entre quienes provienen de la academia, el ejercicio profesional y la Rama Judicial con el fin de que las listas tengan una conformación equitativa

En aras de garantizar que cada una de las listas queden integradas de manera equitativa respecto a su procedencia, el Consejo Superior de la Judicatura debería hacer una agrupación inicial entre aquellos que provienen de la academia, otra con los candidatos que provienen del ejercicio profesional y una tercera con los aspirantes de la Rama Judicial.

Con esta división podrán realizar comparaciones entre candidatos con perfiles similares e integrar cada una de las listas con una proporción equitativa de dichos grupos como lo establece el artículo 231 de la Constitución Política.

Cada una de las listas debe estar conformada equitativamente con hombres y mujeres

El Consejo Superior de la Judicatura debe integrar cada una de las nueve (9) listas con una participación equitativa entre los hombres y las mujeres que se presentaron a la convocatoria para la nueva magistratura de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, se hace un llamado de atención para que dicha conformación se realice con mujeres que efectivamente tienen posibilidades de ser electas y no solamente con el propósito de cumplir con el artículo 6 de la Ley 581 de 2000 (Ley de Cuotas).

Transparencia sobre las relaciones previas entre los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura y los candidatos

Los magistrados deben hacer públicas las relaciones personales y profesionales previas que hayan tenido con alguno de los candidatos inscritos, esto con el fin de que se evalúe si estas podrían generar alguna afectación a la objetividad de la conformación de las listas.

La lista de preseleccionados que serán llamados a entrevista debe contener suficientes candidatos para tomar una excelente decisión

Teniendo en cuenta que los magistrados deben escoger a los mejores candidatos para ocupar un lugar en las listas que serán enviadas, se sugiere que en la lista de preseleccionados que se llamen a entrevista se incluyan por lo menos a 180 personas, es decir, que escuchen en audiencia pública a por lo menos dos personas por el número total de candidatos que enviarán a la Corte Suprema de Justicia que serán 90 nombres, con el fin de que tengan suficiente ilustración para escoger a los elegibles.

Tener en cuenta los conflictos de interés y los eventuales impedimentos en que estarían en curso los candidatos de ser electos magistrados

Con el fin de que no existan futuros escándalos en las nuevas Salas Especiales de la Corte Suprema de Justicia, se sugiere cuestionar a los candidatos sobre los impedimentos y los conflictos de interés que desde ya se podrían prever respecto a las personas que están siendo procesadas por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia o sobre asuntos que podrían llegar a ser de su conocimiento si llegasen a ser electos; esto, podría ser un factor relevante al momento de la conformación de las listas.

Todas las listas deben ser igualmente fuertes respecto a las posibilidades de los candidatos

Sería por lo menos éticamente cuestionable, que en una sola lista se concentraran las personas con las mejores puntuaciones o que en algunas listas solamente se incluyera a una sola persona con altas posibilidades de ser electa con el fin de hacerla resaltar entre una lista de diez (10) nombres.

Por lo anterior, la repartición de las personas con mayores calificaciones debe ser equitativa entre las listas, pero evitando a toda cosa que se generen las condiciones para que hayan candidatos casi electos por la forma en que fueron conformadas las listas.

La Corte Suprema de Justicia debe recibir nueve (9) listas en las que todos los candidatos de cada una de ellas sean aptos y competentes, con las mismas probabilidades de ser electos, en las que tengan múltiples personas para elegir por lista, es decir, que desde el principio no se vislumbre quién resultará electo, sino que se permita a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia escoger a los mejores.

Envío de toda la información disponible a la Corte Suprema de Justicia

Cuando las listas de elegibles estén conformadas y vayan a ser remitidas a la Corte Suprema de Justicia, además de las hojas de vida de los candidatos, también se deberían incluir los videos de las entrevistas en audiencia pública, los registros de cualquier otro espacio que se haya habilitado para intercambiar información y cualquier otra información recibida con el fin de que los magistrados de la Corte, competentes de llevar a cabo la elección, puedan tomar la decisión más informada e idónea.

En las manos de los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura está enviar nueve (9) listas con noventa (90) nombres que garanticen que cualquiera de los elegibles que logre ocupar el cargo de magistrado contribuya a recuperar la confianza y la legitimidad de la Rama Judicial y que realice un excelente trabajo en la Corte Suprema de Justicia.

 

Contacto de prensa

Marcela Hernández

Coordinadora de Comunicaciones

Corporación Excelencia en la Justicia

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Tel: 6237365 Ext: 112

 


 

[1] ELECCIÓN VISIBLE es una coalición de organizaciones de la sociedad civil, entre ellas, la Corporación Excelencia en la Justicia, el Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga –ICP-, la Misión de Observación Electoral –MOE- y Transparencia por Colombia, que nace en el año 2008 con el objetivo de observar y hacer seguimiento a la elección de magistrados de las Altas Cortes y otros altos dignatarios de la justicia, con el fin de promover procesos de elección más transparentes, públicos y basados en el mérito de los candidatos.

Elección Visible reitera preocupación por candidatos para magistrados de la Comisión de Disciplina Judicial

Elección Visible reitera preocupación por candidatos para magistrados de la Comisión de Disciplina Judicial

"Las dudas radican en la inclusión de personas con perfil político, sin trayectoria para el cargo, cercanas a la edad de retiro y hasta la presencia de la esposa del hoy investigado ex Magistrado Leonidas Bustos en las ternas"

(Bogotá, 18 de octubre de 2017) - ELECCIÓN VISIBLE insiste en su preocupación por la deficiente integración de las ternas de candidatos para ocupar los cargos de magistrados de la Comisión de Disciplina Judicial. Perfiles políticos, con una trayectoria profesional distante a las funciones del cargo, la inclusión de una persona que se encuentra a tres años de cumplir la edad de retiro forzoso y de la esposa del hoy investigado ex Magistrado Leonidas Bustos, generan dudas respecto de los criterios de mérito que se tuvieron en cuenta en la conformación de estas ternas.

Luego del enorme esfuerzo legislativo que se hizo para eliminar la desprestigiada Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, es inaceptable que se haya desaprovechado la oportunidad para conformar unas ternas de personas sin tacha y con el perfil profesional adecuado para el ejercicio del cargo. Ante esto Gloria María Borrero, Directora Ejecutiva de la Corporación Excelencia en la Justicia, considera que “no hay candidatos sobresalientes y varios tienen origen político, lo que reproduce las fallas del pasado”, aseguró.

Una elección equivocada obligará a que se deba esperar a que los magistrados cumplan su periodo de ocho años para volver a tener la oportunidad de transformar el órgano de disciplina de los jueces y abogados, que son el corazón de la administración de justicia.

Por lo anterior se recomienda:

  • Al Consejo de Estado: Fallar cuanto antes las demandas que cursan contra el acto de conformación de las ternas. Se debe evitar, como ha ocurrido en otras oportunidades, que la decisión se produzca cuando los elegidos se encuentren en una etapa avanzada de su periodo.
  • Al Presidente de la República. Divulgar las hojas de vida de los candidatos inscritos[1] y los criterios que se tuvieron en cuenta para la elección.
  • Al Consejo Superior de la Judicatura. Divulgar las “razones de las decisiones dentro del proceso de convocatoria”[2] de manera “completa y detallada”, en particular la que concretó la conformación de los ternas.
  • Al Congreso. Realizar un examen minucioso de las hojas de vida y una entrevista a profundidad de los candidatos. El Congreso debe completar la tarea que comenzó con la aprobación de la reforma de Equilibrio de Poderes haciendo la mejor elección posible. Un mal resultado solo servirá para ahondar la actual crisis que enfrenta la justicia.
  • A la Procuraduría. Precisar las tareas que realizará el grupo especial de acompañamiento que se creó para las actividades de seguimiento y verificación de este proceso de elección[3].

Por último, ELECCIÓN VISIBLE llama la atención sobre el tiempo que ha demorado la elección. Esto ha prolongado la vida de la Sala Disciplinaria por más de dos años, y de paso el ejercicio de las funciones de resolución de tutelas y de conflictos de competencia, que deberán trasladarse a la Corte Constitucional una vez comience a operar la Comisión de Disciplina Judicial. Además, ha permitido que los periodos de los magistrados en propiedad se prolonguen por más de los ocho años para los que fueron elegidos y ha obligado a que el órgano funcione con cuatro magistrados en encargo.

Si de verdad se quiere superar la crisis de la justicia, hay que comenzar por tomarse en serio las elecciones de sus máximos dignatarios.

 

 

 

 

 



[1] En el sitio web de la Presidencia (http://es.presidencia.gov.co/postulados-cndj) se encuentran los nombres de los inscritos, pero no sus hojas de vida.

[2] La divulgación de esta motivación estaba prevista en el Acuerdo No. PSAA16-10548. Por medio del cual se reglamenta la convocatoria pública para integrar las ternas de candidatos a Magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial

[3] Lupa de Procuraduría a elección de quienes investigan a jueces. Tomado de: http://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/09-2017-lupa-de-procuraduria-a-eleccion-de-magistrados-que-investigan-a-jueces