En primer término, se pide a los tres nominadores que no sólo hagan públicas las listas y hojas de vida de los candidatos sino que señalen los criterios que tomarán en cuenta para la elección. Adicionalmente, se le pide a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado que hagan audiencias públicas para la definición de los candidatos.

Una vez hechas las ternas, le corresponderá al Senado invitar a los candidatos a sustentar su postulación en una audiencia abierta en la que la ciudadanía conozca sus convicciones, posiciones jurídicas y hagan valer su idoneidad para la responsabilidad a la que aspiran.

Un fallo de la Corte Constitucional es, en últimas, la interpretación para la vida práctica de una norma abstracta, que por esa vía se convierte en referente para futuras aplicaciones de la misma ley. Y en este sentido, las cualidades del intérprete, es decir, del magistrado, son uno de los elementos más críticos que deben pesar en su elección.

En relación con los 18 abogados, de todas las disciplinas, que resulten postulados, no se espera nada distinto que su entera colaboración con Elección Visible para que den a conocer sus hojas de vida y para que contesten el cuestionario que se les planteará, con lo cual no sólo se contribuye a que el proceso en el que son elegidos sea lo más democrático posible, sino que además garantiza que su eventual nombramiento sea un reconocimiento del país a su trayectoria y un acto de convicción pública sobre su idoneidad como jurista.

Las ternas deberán presentarse en los próximos meses para que el Senado tome la decisión en este período legislativo, y entre febrero y marzo tomen posesión los seis nuevos magistrados para un período no renovable de ocho años.

En este proceso, los medios de comunicación cumplen un papel central como formadores de opinión pública y como canales de democratización de la información.

Es urgente su vinculación efectiva a la veeduría y poner sus recursos al servicio tanto de los nominadores y electores de los magistrados, como de los ciudadanos en general para que ejerzan sus derechos democráticos basados en información cierta y oportuna.

En este caso, la no deseable politización de la justicia se reflejaría si se aplican criterios de maniobra política para la elección de los magistrados con el fin de garantizar algún tipo de posición en las decisiones futuras de la Corte.

En este sentido, la elección juiciosa y objetiva resultará en sí misma un pronunciamiento del parlamento sobre la independencia de la justicia y sobre el equilibrio entre los poderes públicos.

Elección Visible estará, desde ya, presente a lo largo del proceso. La probada neutralidad y transparencia de las instituciones que la promueven garantiza un ejercicio riguroso y justo del deber ciudadano de contribuir con la efectividad del Estado Social de Derecho.

Portafolio / 11 de septiembre de 2008