Por Marcela Prieto*

En la medida en que la democracia se fue acentuando en América Latina y las reformas estructurales encaminadas a la descentralización del Estado se fueron implementando, el concepto de sociedad civil, ha cobrado una singular importancia en la discusión pública en nuestros países, y en la influencia sobre la implementación adecuada de políticas públicas.

Tan importante papel han adquirido las organizaciones de la sociedad civil que se dice, que en nuestro tiempo, podemos identificar una sociedad como realmente democrática en la medida en que cuente con una sociedad civil organizada.

En los fueros parlamentarios y ciudadanos, actualmente en el Perú, se discute acerca de la necesidad de encontrar alguna forma a través de la cual la sociedad civil pueda estar presente, incluso en las comisiones de reforma del Poder Judicial o en la formación de eventuales 'consejos de ética' que supervisen la actuación de los medios de comunicación o los poderes del Estado.

Entre 1997 y 2001, se creó en República Dominicana la Coalición por una Justicia Independiente, con el fin de hacer un acompañamiento ciudadano para vigilar el proceso de elección de los miembros de la Corte Suprema. Acción similar se llevó a cabo en Guatemala en 1999 con el Movimiento Pro Justicia, así como también en otros países como Argentina, Venezuela y Ecuador, en períodos menos intervencionistas por parte del ejecutivo, como los actuales.

En Colombia, por su parte, un grupo de organizaciones que gozan de altos niveles de credibilidad gracias a su reputación, lideradas por la Corporación Excelencia en la Justicia, tales como Congreso Visible, MOE, Transparencia por Colombia, Fedesarrollo, el Consejo Privado de Competitividad y el Instituto de Ciencia Política, entre otros, nos hemos unido bajo el nombre de Elección Visible, con el fin de servir de observadores en el próximo proceso de selección de seis (6) de los nueve (9) integrantes de la Corte Constitucional. Dicha coalición, entre otras cosas, instará a las entidades nominadoras a que presenten 18 candidatos, todos ellos, con las más altas calidades, con el fin de blindarse de toda duda sobre la legitimidad de los nominados.

En el ordenamiento jurídico colombiano existen diversas disposiciones legales y constitucionales, reglamentando la competencia que tienen las organizaciones de la sociedad civil para organizarse y vigilar la gestión pública y para que ésta se cumpla adecuadamente en los diversos niveles administrativos.

Leyes como la 850 de 2003, establece literalmente cómo la observación y la exigencia en rendición de cuentas por parte de la sociedad civil se constituye como "el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control...".

Así las cosas, aún cuando la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Presidente de la República, instancias nominadoras de las ternas de las cuales saldrán los nuevos magistrados de la Corte Constitucional, tienen competencia discrecional para conformarlas, es claro que la ciudadanía tiene el derecho constitucional y legal de ejercer veeduría respecto a tales facultades, puesto que en efecto, aquellas hace parte de la gestión pública que realizan las autoridades administrativas, judiciales y legislativas que confluyen en el proceso de selección de Magistrados de la Corte Constitucional.

La principal motivación que tuvimos, si no todas, la mayoría de las organizaciones que hacemos parte de ésta coalición, ha sido no solo que los candidatos cumplan con los requisitos legales y de idoneidad correspondientes al cargo al que aspiran llegar, sino también que se vele por el adecuado equilibrio de poderes entre las diferentes ramas del poder publico. Equilibrio que actualmente se encuentra realmente en desequilibrio, dado, en primera instancia, a que nuestro aparato institucional en general, y la rama judicial en particular, está diseñada para períodos presidenciales de cuatro años; y en segundo lugar, por las actuales tenciones entre el poder Ejecutivo y el Judicial.

Es importante recordar a los lectores que actualmente el período máximo de cada miembro de la Corte Constitucional es de 8 años, esto con el fin de que las ternas del Presidente sean presentadas en períodos presidenciales diferentes. Pero con la reelección, el presidente Uribe tendrá la potestad de presentar su terna, la cual también coincidiría con el nombramiento de los magistrados de la Sala Penal del Consejo Superior de la Judicatura, quienes son elegidos, en su totalidad, por el propio Presidente. Eso sin mencionar, que durante cada período presidencial, el Presidente nomina directamente al Fiscal General de la Nación. En conclusión, el desequilibrio actual corresponde a que por cuenta de la reelección, el Presidente tendrá una influencia importante sobre la rama judicial.

Es precisamente por esta razón que se hace inminente la presencia de la sociedad civil, como observadora y garante, en alianza con los medios de comunicación, en la elección de los nuevos magistrados de la Corte Constitucional, mientras se presentan nuevas y serias propuestas de reforma al sistema de justicia, encaminadas a solventar los desequilibrios actuales.

Lo cual nos lleva al último punto de discusión en materia de diseño institucional y equilibrio de poderes: la segunda reelección presidencial. En la medida en que este tema no se decida, bien sea por un claro y contundente pronunciamiento público del Presidente anunciando su negativa, o bien por la aprobación o no del proyecto de referendo, cualquier reforma será inocua. He ahí nuevamente la importancia del papel que deben y deberán jugar las organizaciones de la sociedad civil, bien sea de manera individual o de manera colectiva, como en el caso de eleccion visible.

*Directora del Insituto de Ciencia Política.

Portafolio / 28 de agosto de 2008