Clientelismo judicial, conflicto de intereses y devolución de favores son algunos calificativos usados con frecuencia en los últimos años al momento de referirse a la designación de varios magistrados en las cuatro altas cortes del país.

 En ese contexto, la elección de estos altos funcionarios del Estado no ha escapado del fenómeno de la "puerta giratoria", esto es, el hecho de que un servidor público salga de una corporación para ingresar a otra, y el denominado "yo te elijo, tú me eliges", donde una persona nombra a otra, quien, a su vez, la designó previamente.

Justamente, este tema cobró vigencia debido a que el Consejo de Estado declaró la nulidad de las elecciones de Francisco Ricaurte y Pedro Munar, quienes fueron designados para ocupar dos vacantes en la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, en el 2012, por algunos magistrados de la Corte Suprema de Justicia que fueron elegidos previamente por los demandados o con su participación, cuando integraron esta última.

Además de esto, el Congreso de la República tramita el Proyecto de Acto Legislativo 018/14S-002/14S-004/14S-005/14S-006/14S-012/14S-153/14C, conocido como de equilibrio de poderes, cuyo articulado contempla como requisito para ser magistrado no haber desempeñado este cargo en propiedad en alguna de las altas corporaciones judiciales y, además, prevé un año de inhabilidad para ocupar otras dignidades.

Así las cosas, es necesario determinar si los recientes fallos del Consejo de Estado impedirán que dichas situaciones se sigan presentando o la solución a la problemática requerirá de una modificación a la Carta Política.

 

Perspectiva jurisprudencial
El artículo 126 de la Constitución indica que los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. Además, tampoco podrán designar a personas vinculadas por los mismos lazos con servidores públicos competentes para intervenir en su designación.

 

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