El documento emitido con la ponencia del magistrado Gustavo Eduardo Gómez Aranguren advierte que el acceso a los cargos públicos es un derecho constitucional fundamental y por tanto solo puede ser regulado, restringido o limitado a través de leyes estatutarias. En este caso, no podría limitarse la inscripción de los aspirantes a un solo cargo, como lo establece la convocatoria.
Para el Consejo de Estado, "las medidas cautelares resultan necesarias porque evitan que la entidad demandada invierta cuantiosos recursos económicos, humanos y logísticos, en la realización de una prueba de conocimientos que, ante una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de la demanda, forzosamente deberá ser complementada en el componente específico, que se relaciona con las especialidades seleccionadas por los concursantes".
Por esta situación, esta Corporación ordena la suspensión de la prueba de conocimientos y psicotécnica de la etapa de selección del concurso de méritos destinado a la provisión de los cargos de funcionarios de la Rama Judicial, que estaba programada para el próximo domingo 4 de mayo.