Cursa en el Congreso un proyecto de ley que beneficiaría a los actuales magistrados.
La iniciativa sostiene que la edad de retiro forzoso de los miembros de las altas cortes debe ampliarse de 65 a 70 años.
Mientras el proyecto de reforma a la justicia, que comenzará su segunda vuelta en el Congreso esta semana, pretende extender la edad de retiro forzoso de los magistrados de las altas cortes de 65 a 70 años, aplicable sólo para aquellos que tomen posesión después de la entrada en vigencia del acto legislativo, paralelamente se debate un proyecto de ley que también contempla dicha ampliación de la edad de retiro para los actuales magistrados.
Se trata del proyecto 266 de 2011 Senado y 154 de 2010 Cámara, “por el cual se desarrolla el artículo 233 de la Constitución y se fija la edad de retiro forzoso para los magistrados de las altas cortes”. Según los argumentos del ponente en Senado,Jesús Ignacio García, la Carta Política no dice nada sobre la edad, circunstancia que ha generado desacuerdos interpretativos, razón por la cual el legislador, dentro de su cláusula de competencia, puede entrar a regular de manera razonable el mencionado requisito. Sin embargo, García asegura que “ese proyecto de ley no tiene futuro. Desde el año pasado lo estamos poniendo a consideración de los congresistas, pero cuando se va a votar hay tantos impedimentos que la sesión queda sin quórum.”
Otra razón tiene que ver con las recomendaciones hechas por la comisión de expertos para la reforma a la justicia, que consideró que es aconsejable aumentar la edad de retiro forzoso a 70 años para estos funcionarios por dos razones: porque a esa edad un magistrado está en “plena capacidad de producción jurídica y colmado de experiencia” y porque, según el DANE, la edad de vida de los colombianos se ha proyectado a 74 años.
Más allá de las interpretaciones que se le puedan dar a una iniciativa como esta, las suspicacias no se han hecho esperar. Hay quienes dicen que uno de los motivos del malestar entre los magistrados con la reforma a la justicia tiene que ver con el no permitir que la nueva edad de retiro forzoso aplique para ellos. En privado, varios de ellos habrían expresado reparos a esta propuesta que consideran excluyente pero, en cambio, habrían aplaudido el otro proyecto, que les permitiría a varios continuar en el cargo por encima de los 65 años.
La iniciativa beneficiaría, por ejemplo, a magistrados del Consejo de Estado como William Giraldo Giraldo, Hernán Andrade Rincón, Olga Valle de la Hoz, Víctor Hernando Alvarado y Mauricio Torres. En el Consejo de la Judicatura, la norma le convendría a Jorge Castillo Rugeles, el magistrado que fue nombrado en 2008, cuando ya había alcanzado la edad de retiro, por lo que el gobierno Uribe se negó a darle posesión, requisito que el funcionario tuvo que cumplir ante un notario.
Por su parte, el viceministro de Justicia, Pablo Felipe Robledo, sostuvo que la posición del Gobierno es la que está en el acto legislativo de reforma constitucional a la justicia. “Nos parece conveniente extender la edad de retiro a los 70 años, pero para quienes sean designados con posterioridad, es decir, sólo para nuevos magistrados”, expresó Robledo.
Mientras que el representante a la Cámara y autor de la iniciativa, Carlos Edward Osorio, afirmó que a pesar de que el tema genera muchas suspicacias, él asume la responsabilidad. “En el proyecto hay firma de algunas personas, pero el responsable absoluto del proyecto soy yo”, señaló el representante por el Tolima.
Según Osorio, éste se presentó antes que la reforma a la justicia y tiene origen en su experiencia en la rama jurisdiccional, toda vez que es abogado. “El origen de esa situación es que, a mi juicio, se está registrando una inequidad en los magistrados de las altas cortes, en el sentido de que a unos se les aplica un régimen de retiro forzoso y a otros otro”, explicó el parlamentario.
Osorio plantea que la norma que hoy rige en esa materia fue redactada en 1978 y que desde ese tiempo hasta hoy nadie ha querido modificarla de acuerdo con las nuevas realidades. “Esa norma, que es preconstitucional, está vigente hace mucho tiempo y no ha sido modificada, porque en la Constitución del 91 se dijo que el legislador se encargaría de hacerlo. Y desde el 91 hasta hoy nadie se ha ocupado del tema. Alguien tiene que hacer la tarea”.
Para el autor del proyecto el tema es de igualdad entre los magistrados de las altas cortes. Según él, la Corte Constitucional y el Consejo Superior de la Judicatura no tienen edad de retiro forzoso, mientras el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia sí. “Es absolutamente inequitativo. Lo que planteo es o todos en los 65 o todos en los 70. Este es un tema más académico, de reivindicación de la igualdad, no tengo nada contra los magistrados”, expresó Osorio.
“El proyecto debe ser de aplicación inmediata: la Constitución dijo que el período de los magistrados fuera de ocho años, se está pensando en extenderlo a 12 y se hizo tratando de lograr cierta estabilidad de la jurisprudencia, y si esa fue la filosofía del constituyente, creo que todos los magistrados deberían cumplir los períodos para los que fueron elegidos, sin importar la edad de retiro”, expresó Osorio.
“Asumo la responsabilidad absoluta del proyecto y no pretendo nada distinto a lograr equidad en una situación que se viene presentando. Hay que igualarlo en un sentido o en otro, lo puse en 70 años pero creo que debe incluso ir hasta el cumplimiento del período”, sentenció el parlamentario tolimense.