Causales de retiro
Sólo será removible por causales de mala conducta.
El Director Ejecutivo será elegido por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura de tres (3) candidatos postulados por la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial
"Artículo 98 de la Ley 270 de 1996"
Sólo será removible por causales de mala conducta.