1) Cada uno de los despachos de Magistrado de descongestión de la Sección Primera del Tribunal de Cundinamarca fallará mensualmente un número no inferior a veinticinco (25) procesos promedio mensual.
2) Cada uno de los despachos de Magistrado de descongestión de la Sección Segunda del Tribunal de Cundinamarca fallará mensualmente un número no inferior a 40 procesos procesos promedio mensual.
3) Cada uno de los despachos de Magistrado de descongestión de la Sección Tercera del Tribunal de Cundinamarca fallará mensualmente un número no inferior a 25 procesos promedio mensual y/o impulsará por lo menos 150 procesos mensuales, según el número y estado de los procesos que efectivamente se les redistribuyan en descongestión.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Nariño, mediante los Acuerdos No. PSAA11-7866 y PSAA11-8646. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Pasto, mediante los Acuerdos No. PSAA11- 7558, PSAA11-7864, PSAA11-8115 y PSAA11- 8404, con excepción de los cargos adscritos a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial y los 3 cargos de Escribiente creados mediante el artículo 5 del Acuerdo No. PSAA11-8115 de 2011. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Juzgado Administrativo tanto permanente como de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Mocoa, mediante los Acuerdos No. PSAA11- 7558, PSAA11-7867, PSAA11-8115, PSAA11- 8383 y PSAA11- 8631. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
4) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Magdalena, mediante los Acuerdos No. PSAA11-7848 y PSAA11-8369. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como los de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Santa Marta, mediante los Acuerdos No.PSAA11-7845, PSAA11-8623 y PSAA11-8399, con excepción de los cargos adscritos a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Boyacá, mediante los Acuerdos No. PSAA11-7855, PSAA11- 8608 y PSAA11-8361. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como los de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Tunja, mediante los Acuerdos No. PSAA11-7853, PSAA11-8398 y PSAA11-8408, con excepción de los cargos adscritos a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como los de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Santa Rosa de Viterbo, mediante los Acuerdos No. PSAA11-7852, PSAA11-8401 y PSAA11-8644. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
4) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Caquetá, mediante los Acuerdos No. PSAA11- 7881, PSAA11-8351 y PSAA11-8629. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Florencia, mediante los Acuerdos No.PSAA11-7897, PSAA11-7905, PSAA11-8115, PSAA11-8381 y PSAA11- 8591. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Casanare, mediante los Acuerdos No. PSAA11-8621 y PSAA11-8152. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Yopal, mediante los Acuerdos No.PSAA11-7856, PSAA11-8634, PSAA11-8414 y PSAA11-8625. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Chocó, mediante el Acuerdo No. PSAA11-8645. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como los de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Quibdó, mediante los Acuerdos No.PSAA11-7894, PSAA11-8416 y PSAA11-8599. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Quindío, mediante los Acuerdos No. PSAA11-8388 y PSAA11-8588. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos permanentes, de descongestión y adjuntos del Circuito Judicial Administrativo de Armenia, mediante los Acuerdos No.PSAA11-7868, PSAA11-7869 y PSAA11-8359, con excepción de los cargos adscritos a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia, mediante los Acuerdos No. PSAA11- 7895, PSAA11- 8419 y PSAA11- 8617. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Medellín, mediante los Acuerdos No. PSAA11- 7903, PSAA11- 8391, PSAA11-8613 y PSAA11- 8636, con excepción de los cargos adscritos a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial.
Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como los de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Turbo, mediante los Acuerdos No. PSAA11-7896 y PSAA11-8409. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
4) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.
1) Dar continuidad a las medidas de descongestión para el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, mediante el Acuerdo No. PSAA11-8643. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
2) Dar continuidad a las medidas de descongestión para los Juzgados Administrativos tanto permanentes como los de descongestión del Circuito Judicial Administrativo de Rioacha, mediante los Acuerdos No.PSAA11-7870 y PSAA11- 8397, con excepción de los cargos adscritos a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial. Se acuerda su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 y reanudación a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2012.
3) Los servidores judiciales en descongestión harán efectivo el derecho a disfrutar de vacaciones colectivas en los términos del Artículo 146 de la ley 270.